BCI Asesoría Financiera S.A.
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2019
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos número trescientos treinta y dos, comuna de Santiago, certifico que con fecha 13 Agosto del 2019, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad BCI ASESORIA FINANCIERA .S.A., inscrita a fojas 32034 número 19359 el año 1992, celebrada con fecha 13 de agosto del 2019, en la que asistieron la totalidad de los accionistas y por unanimidad de ellos se acordó: i.- Reemplazar el Artículo Primero de los estatutos sociales, que queda: “Artículo Primero: El nombre de la sociedad es “BCI Asesoría Financiera S.A.” pudiendo usar como nombre de fantasía y para fines publicitarios, el nombre de “Bci Finanzas Corporativas”. Ii) Reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, que queda: “Artículo Cuarto: El objeto exclusivo de la Sociedad es el de asesorar a sus clientes en: a) el estudio, análisis, evaluación y búsqueda de fuentes alternativas de financiamiento; b) la reestructuración de sus pasivos, a través de la negociaciones con sus acreedores, formulación de proyectos de convenios de reprogramación de deudas, constitución de garantías u otros medios conducentes a tal fin; c) las negociaciones para adquirir, capitalizar, vender o fusionar empresas, incluyendo la transformación de las sociedades en que estuvieren organizadas; la licitación de las empresas y la venta de sus activos; d) la emisión y colocación de bonos; e) la colocación de fondos en el mercado de capitales; f) la búsqueda de fuentes alternativas de financiamiento; g) la reestructuración de sus pasivos; h) el análisis de riesgos crediticios o de mercado; i) la evaluación de nuevos negocios y; j) el conocimientos de materias bancarias.” iii) Reemplazar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, que queda: “Artículo Séptimo: Sin perjuicio de las facultades que correspondan a las Juntas de Accionistas en conformidad a estos Estatutos, a las normas legales y reglamentarias pertinentes, la sociedad será administrada por un Directorio integrado por cinco miembros, sean o no accionistas. Los Directores serán elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, durarán tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del período respectivo y podrán ser reelegidos indefinidamente.” Demás estipulaciones escritura extractada. En Santiago, 13 de Agosto de 2019.