MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES MABEL MONTENEGRO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 77035584-2 CVE 1646307
Capital
$11.400 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2019

Sociedad

Capital
$11.400 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELO RIESCO VEGA, abogado, domiciliado en esta ciudad calle Arturo Prat Nº233, Notario y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de este departamento Judicial, Certifico que: Por escritura pública de 27 de Agosto de 2019, ante mí, MABEL ANDREA MONTENEGRO SEPULVEDA chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, CNI Nº 14.030.401-8, 37 años, Calle San Miguel de Itata sin número, modificó el capital de la empresa “TRANSPORTES MABEL MONTENEGRO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.”, de 2.000.000, a 11.400.000, aumento suscrito y pagado mediante el aporte en dominio de: a) un Tracto Camión, marca INTERNATIONAL, año 1996, Modelo 9.700, Motor 34786028, número de motor 34786028, nro. chasis 1 HSRKAHR 7 TH 2y8561, color blanco, inscripción y placa patente única número NN7808-3, valor aporte $5.400.000; b) y un Semirremolque, marca GUERRA, año 2008, modelo AG SR CASP 2 E LS, gris , placa patente JJ4398-1 valor aporte $4.000.000, reemplazándose la cláusula cuarta por la siguiente: cuarto: El capital de la empresa será la suma de 11.400.000 que la compareciente pagó y paga de la siguiente manera: A) con la suma de $2.000.000 suscrito, pagado y enterado en arcas sociales en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo; B) con el aporte y transferencia en dominio a la empresa de: : a) un Tracto Camión, marca INTERNATIONAL, año 1996, Modelo 9.700, Motor 34786028, número de motor 34786028, nro. chasis 1 HSRKAHR 7 TH 2y8561, color blanco, inscripción y placa patente única número NN7808-3, valor aporte $5.400.000; b) y un Semirremolque, marca GUERRA, año 2008, modelo AG SR CASP 2 E LS, gris , placa patente JJ4398-1 valor aporte $4.000.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado rigen los estatutos sociales establecidos en la constitución social. Yungay, 28 de Agosto de 2019.