MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES MAGMA PARTNERS SpA

RUT 76380033-4 CVE 1646681
Capital
$1.500.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2019
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.235, local 2 piso 1 y 2, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 21 de agosto de 2019, ante mí, Rep. 6766-2019, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 2 de agosto 2019, de SOCIEDAD DE INVERSIONES MAGMA PARTNERS SpA, sociedad inscrita a fojas 32.243, N°20.172, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, en la que se acordó, entre otras materias: (i) Aprobar la modificación de los estatutos sociales con el fin de reflejar la disminución de pleno derecho del capital social, decreciendo desde $1.500.000.000.- dividido en 10.000 acciones nominativas, de única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, a la cantidad de $1.303.650.000.- dividido en 8.691 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal; (ii) Aumentar el capital de la sociedad desde la suma de $1.303.650.000.- dividido en 8.691 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal¸ a la suma de $1.371.750.000.-, mediante la emisión de 454 acciones de pago, ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, por un valor total de $68.100.000.-, las que se emitirán para ser pagadas en dinero dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la presente Junta. Asimismo, se acuerda la emisión de 1.076 acciones liberadas de pago, las que serán ofrecidas a los accionistas de la Sociedad, a prorrata de sus participaciones en el capital social; y (iii) En virtud de la modificación anterior, se reemplazaron los artículos quinto y segundo transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.371.750.000.-, dividido en 10.221 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de tres años, desde la fecha de modificación respectiva. No obstante, cuando los accionistas acuerden un aumento de capital, podrán fijar un plazo distinto para que dicho aumento quede totalmente suscrito y pagado. Si no se pagaré oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido a lo efectivamente suscrito y pagado.”; “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de $1.371.750.000.-, dividido en 10.221 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.303.200.000, equivalentes a 8.688 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, que corresponde al capital suscrito y pagado por Inversiones Jardines del Bosque Limitada, con anterioridad a esta fecha; b) Con la suma de $41.100.000 correspondiente a 1.022 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, suscritas por Nathan Abraham Eggert Lustig, de las cuales 3 acciones se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha, 748 corresponden a acciones liberadas de pago, y 271 acciones que se pagarán dentro del plazo de 3 años contados desde la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 2 de agosto de 2019; y c) Con la suma de $27.450.000.- equivalentes a 183 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, que serán suscritas y pagadas dentro del plazo de 3 años contados desde la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 2 de agosto de de 2019; d) Con 328 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, liberadas de pago que se deberán ser suscritas dentro del plazo de 3 años contados desde la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 2 de agosto de de 2019.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 22 de agosto de 2019.