MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

QCLASS S.A.

RUT 96913350-4 CVE 1646393
Capital
$98.997.097 CLP
Fecha instrumento
19 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2019
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886

Sociedad

Capital
$98.997.097 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Jaragonz SpA socio 76200420-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular, Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886, San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de agosto de 2019, ante mí: Don JORGE LUIS ECHEVARRÍA RIQUELME, C.I. N° 8.710.461-3, domiciliado en Av. Andrés Bello N° 2.777, oficina 2101, Las Condes, Región Metropolitana, redujo el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas N° 1-2019 de la sociedad “QCLASS S.A.”, sociedad inscrita a Fs. 5.564, Nro. 4.417, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000, celebrada el día 31 de mayo de 2019, en que don Pablo Jaramillo Peralta, C.I. N° 7.566.535-0, por sí y en representación de Jaragonz SpA, RUT Nº 76.200.420-6 y don Guillermo Guevara Guzmán, C.I. 8.539.748-6, en representación de Inversiones 360 SpA, RUT Nº 76.133.628-2; todos domiciliados en Avenida del Valle Nº 570, oficina 501, Ciudad Empresarial, comuna de HUechuraba, Región Metropolitana, únicos y actuales accionistas de la Sociedad, acordaron: 1) Aumentar el capital social en la suma de $69, mediante la emisión de 1 acción de pago a un valor de colocación de $69; 2) Adecuar los estatutos de la sociedad conforme al aumento de capital, reemplazando el encabezado del Artículo Quinto Permanente por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $98.997.097, dividido en 8.671.080 acciones nominativas, sin valor, todas de una misma serie e igual valor.” y el Artículo Primero Transitorio, siendo materia de extracto la declaración que el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y 3) Modificar los Artículos Octavo y Décimo del estatuto social, cuyo contenido no es materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de agosto de 2019.