MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MSN SOLAR TRES SpA

RUT 76349123-4 CVE 1646489
Fecha instrumento
29 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de julio de 2019
Notario
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
Oficio
16° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público Titular de la 16° Notaría de Santiago, con domicilio en San Sebastián 2750, Las Condes, Santiago, certifica: con fecha 12 de agosto de 2019, Rep. N° 5.819-2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MSN SOLAR TRES SpA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 88230, número 57757, del año 2013, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada con fecha 29 de julio de 2019, en la que se modificaron y adecuaron los estatutos sociales. En esta modificación, (i) se modificó el régimen de administración de la Sociedad, reemplazando al directorio por un Administrador Único, quien también se denominará Gerente General, función que podrá ser ejercida por una persona natural o jurídica y quien estará investido de las más amplias facultades de administración que en derecho correspondan, pudiendo delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas. Como consecuencia de la modificación anterior, se eliminan y reemplazan los artículos octavo a décimo octavo, ambos inclusive, y se elimina el artículo segundo transitorio de los Estatutos de la Sociedad, relativos al régimen de administración de la Sociedad, a fin de establecer que la Sociedad será administrada por un Administrador Único y/o Gerente General, único órgano societario de administración de la Sociedad, quien será elegido por los accionistas y cuyas funciones comprenderán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo delegar parte de sus facultades, y quien estará legalmente investido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue la Junta. Adicionalmente, (ii) se adecúan todas las disposiciones no eliminadas del Estatuto que hagan referencia al Directorio, debiendo entenderse que dicha referencia corresponde al Administrador Único y/o Gerente General. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 22 de agosto de 2019.