MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MAESTRANZA INDUSTRIAL GESFOR LIMITADA

RUT 76529029-5 CVE 1646609
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2019
Repertorio
6171/19
Notario
DIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, suplente del Notario Titular de esta ciudad don Carlos Alberto Miranda Jiménez, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de Agosto de 2019, ante mí, Repertorio Nº6171/19, señores JUAN FABIÁN FLORES SANHUEZA; BÁRBARA DANIELA FLORES MEDINA y NICOLÁS FABIÁN FLORES MEDINA, todos Ruta 150 Km. 6, Camino a Penco s, Comuna de Penco, acordaron modificar MAESTRANZA INDUSTRIAL GESFOR LIMITADA, r.u.t. 76.529.029-5, constituida escritura pública 08-02-2016 ante Manuel Córdova Navarrete, Notario Público Concepción Suplente Titular Carlos Miranda Jiménez, extracto inscrito fojas 14, Nº13 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Penco, año 2016, publicado D. Of. 17-02-2016. Capital suscrito y enterado íntegramente $5.000.000, siguiente sentido: DE LA CESION DE DERECHOS.- JUAN FABIÁN FLORES SANHUEZA, con el consentimiento otro socio, vende, cede y transfiere parte participación social, equivalente al 20% del capital social total a NICOLÁS FABIÁN FLORES MEDINA, compra, acepta y adquiere para sí, precio y condiciones según escritura. Conforme a lo expuesto, la sociedad ha quedado integrada por JUAN FABIÁN FLORES SANHUEZA, con el 60% del capital social total, BÁRBARA DANIELA FLORES MEDINA, con el 20% del capital social total y NICOLÁS FABIÁN FLORES MEDINA, con el 20% del capital social total, quienes acuerdan introducir siguientes modificaciones al estatuto social: UNO) Modificando cláusula octava del estatuto social, referente a participación de los socios en utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad, siguiente sentido: “Las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se distribuirán y soportarán en su caso, entre los socios de la siguiente manera: don JUAN FABIAN FLORES SANHUEZA, un treinta y cuatro por ciento de ellas; doña BÁRBARA DANIELA FLORES MEDINA, un treinta y tres por ciento de ellas; y don NICOLÁS FABIÁN FLORES MEDINA, un treinta y tres por ciento de ellas”.- DOS) Reemplazando cláusula tercera, referente al objeto o giro de la sociedad, quedando como sigue: “La sociedad tiene por objeto la comercialización, en cualquiera de sus formas, de productos metalúrgicos, metal-mecánicos y en general, toda clase de maquinarias herramientas y artículos industriales; fabricar, comprar y vender productos metal-mecánicos y, en general, toda clase de maquinarias, herramientas y artículos industriales, por cuenta propia o ajena; servir de agente, comisionista, representante o intermediario en la venta de productos y subproductos metal-mecánicos en general; y prestar servicio de asesoría en la forma más amplia posible; construcción, reparación y mantención de obras de maestranza, metalmecánica; fundición, fabricación, reparación y mantenimiento de toda clase de vehículos móviles, camiones, camionetas, tractores, carros, acoplados, maquinaria pesada y equipos relacionados con la industria forestal, incluyendo la compraventa de los mismos; el transporte de carga por carretera, nacional e internacional, incluyendo maquinarias, mercaderías, combustibles, y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso; La sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente, o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza tanto a nivel nacional como internacional; y además cualquiera otras actividades análogas, complementarias o anexas a las señaladas”.- En lo no modificado subsiste el Pacto Social. Demás estipulaciones no requieren extracto.- CONCEPCIÓN, 28 Agosto 2019.