INVERSIONES CLARO MONTT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2019
- Repertorio
- 12146/2019
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad consiste en: /Uno/ realización de inversiones en bienes o derechos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, para la percepción de sus rentas; y /Dos/ prestación de toda clase de servicios o gestiones, profesionales o técnicos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada 341, 4° piso, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí, el 21 de agosto de 2019, Repertorio N° 12146/2019, don HÉCTOR CLARO MONTT, ingeniero civil, C.I. N° 13.028.055-2; don RAÚL CLARO MONTT, diseñador, C.I. N° 13.916.767-8; y doña TERESA CLARO MONTT, profesora, C.I. N° 16.019.051-5, todos domiciliados en Luis Carrera 2.700, departamento 201, comuna de Vitacura, en su calidad de actuales y únicos socios de “INVERSIONES CLARO MONTT LIMITADA”, inscrita a fojas 44.817 N° 22.525 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, acordaron transformarla en una sociedad por acciones, de la cual extracto: Nombre: “INVERSIONES CLARO MONTT SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad consiste en: /Uno/ realización de inversiones en bienes o derechos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, para la percepción de sus rentas; y /Dos/ prestación de toda clase de servicios o gestiones, profesionales o técnicos. Capital: el capital de la sociedad es de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas, sin serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas con anterioridad, al contado y en dinero en efectivo en la siguiente proporción: a don Héctor Claro Montt, le corresponden 333 acciones; a don Raúl Claro Montt, le corresponden 333 acciones; y a doña Teresa Claro Montt, le corresponden 334 acciones. Duración: la sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- mga.