DEL ROSARIO CORREDORES DE SEGUROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario titular de la 15 Notaría de Santiago, con oficio en Santa Magdalena 98, Providencia, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 29 de Julio de 2019, ante mí, don PEDRO OCTAVIO GAETE HERRERA, domiciliado en calle Irarrázaval número 3236 departamento E, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, ciudad de Santiago, redujo a escritura pública, ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS sociedad “DEL ROSARIO CORREDORES DE SEGUROS SpA”, donde con fecha 25 de Julio de 2019, en dependencias de esta Notaria, don PEDRO OCTAVIO GAETE HERRERA, en su calidad de único accionista de la sociedad ya señalada, modifica el pacto societario en los siguientes puntos: UNO.- Se elimina el nombre de fantasía de la sociedad. DOS.- Se modifica y cambia el objeto social, por el siguiente: “La intermediación remunerada de Contratos de Seguros Generales y Vida, con cualquier entidad aseguradora Nacional radicada en el País. TRES.- Se elimina completamente la cláusula décimo segunda del pacto social, que hablaba sobre el nombramiento de un Gerente General. CUATRO.- Se sustituye la cláusula cuarta del pacto social por la siguiente: “CUARTO: Suscripción y pago del capital.- El capital social, indicado en la cláusula anterior, se suscribe y paga de la siguiente forma: A) El accionista don PEDRO OCTAVIO GAETE HERRERA, suscribe la cantidad de mil acciones por un valor total de un millón pesos que paga en este acto y en dinero efectivo, ingresando en consecuencia a la caja social. B) El accionista constituyente expresamente declara que constituye la presente SpA, como único accionista a la espera de invitar a futuros participantes al capital social. En consecuencia, al momento de la constitución el capital social es de un millón de pesos dividido en mil acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado.”. En todo lo no modificado sigue vigente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de Agosto de 2019.