AUDITANDO CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2019
- Repertorio
- 3865/2019
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- - ciudad de Santiago
Objeto social
a) prestar todo tipo de asesorías contables, tributarias, financieras, laborales, legales y de auditoría a personas y empresas; b) la prestación de servicios de capacitaciones contables y financieras; c) realizar peritajes judiciales; d) la administración de edificios y condominios; e) la inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles; y f) cualquier otra actividad o negocio que acordaren el o los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO VALENZUELA PEREZ, Notario Interino de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 13 de agosto de 2019, ante mí, Repertorio 3865/2019: don JORGE ANTONIO MANRIQUEZ RIQUELME, domiciliado en Pasaje Las Diademas Ocho número dieciocho mil setecientos ochenta y seis, comuna de Maipú; doña ANGELINA DEL CARMEN RIQUELME BAEZA, domiciliada en Pasaje Priamo número dos mil ciento setenta y cinco, comuna de Maipú; y doña ANGELICA MARIA JORQUERA PALACIO, domiciliada en Pasaje Las Diademas Ocho número dieciocho mil setecientos ochenta y seis, comuna de Maipú, modificaron sociedad AUDITANDO CHILE LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cuarenta y un mil ciento treinta y tres guion cuatro, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de enero del año dos mil trece, otorgada en la Primera Notaria de Providencia ante doña Mercedes Moreno Güemes, suplente del titular don Camilo Valenzuela Riveros, inscrita a fojas cinco mil seiscientos sesenta y tres número cuatro mil treinta y cuatro del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil trece, en lo siguiente: 1) doña ANGELINA DEL CARMEN RIQUELME BAEZA, se retira de la sociedad cediendo el noventa por ciento de los derechos sociales a doña ANGELICA MARIA JORQUERA PALACIO, en la suma de novecientos mil pesos.- Como consecuencia de la cesión referida, la sociedad queda integrada por don JORGE ANTONIO MANRIQUEZ RIQUELME, con un diez por ciento del haber social; y por doña ANGELICA MARIA JORQUERA PALACIO, con un noventa por ciento del haber social, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social.- 2) Acuerdan aumentar el capital social de un millón de pesos a cinco millones de pesos, aumento ascendente a cuatro millones de pesos, que es aportado y pagado por los socios de la siguiente manera: A) don JORGE ANTONIO MANRIQUEZ RIQUELME, paga la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos ya ingresados al contado en la caja social; y B) doña ANGELICA MARIA JORQUERA PALACIO, paga la suma de un millón seiscientos mil pesos ya ingresados al contado en la caja social, quedando de esta forma totalmente pagado el aumento del capital social.- Se deja constancia que de acuerdo al aumento de capital mencionado los socios quedan con los siguientes porcentajes: a) don JORGE ANTONIO MANRIQUEZ RIQUELME, le corresponde el cincuenta por ciento del haber social; y b) a doña ANGELICA MARIA JORQUERA PALACIO, le corresponde el cincuenta por ciento del haber social.- 3) Reemplazan la cláusula segunda del pacto social, por la siguiente: "Segundo: La sociedad tiene por objeto: a) prestar todo tipo de asesorías contables, tributarias, financieras, laborales, legales y de auditoría a personas y empresas; b) la prestación de servicios de capacitaciones contables y financieras; c) realizar peritajes judiciales; d) la administración de edificios y condominios; e) la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles; y f) cualquier otra actividad o negocio que acordaren el o los socios.- 4) Reemplazan la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente: "Quinto.- El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: a) Don JORGE ANTONIO MANRIQUEZ RIQUELME, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad; y b) doña ANGELICA MARIA JORQUERA PALACIO, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad.- 5) Asimismo por el presente acto don Jorge Antonio Manriquez Riquelme y doña Angelica María Jorquera Palacio, en sus calidades de únicos y actuales socios de la sociedad AUDITANDO CHILE LIMITADA, acuerdan transformar la sociedad de responsabilidad limitada referida, en una sociedad por acciones cuyos estatutos establecen lo siguiente: nombre: “AUDITING SpA”; objeto: a) prestar todo tipo de asesorías contables, tributarias, financieras, laborales, legales y de auditoría a personas y empresas; b) la prestación de servicios de capacitaciones contables y financieras; c) realizar peritajes judiciales; d) la administración de edificios y condominios; e) la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles; y f) cualquier otra actividad o negocio que acordaren el o los accionistas; Domicilio.- ciudad de Santiago; Capital: $5.000.000.- totalmente suscrito y pagado.- Santiago, 13 de agosto de 2019.-cr.