MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS INTEGRALES MECTAL LIMITADA

RUT 77925350-3 CVE 1645877
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
2 de mayo de 2013
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de mayo de 2013
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000 CLP
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO ARTURO MARTEL BECERRA, Notario Titular 24ª Notaría Santiago, Esquina Blanca 0211, Maipú, Certifico : Que por escritura otorgada hoy ante mí, CARLOS MARCELINO JARA PINCHEIRA, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad N° 5.145.149-K, domiciliado en pasaje Unión Americana N°933, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña ELIZABETH CRISTINA JARA BELMAR, chilena, casada bajo el régimen de separación de bienes, ingeniera en ejecución industrial, cedula de identidad N°10.931.100-6, y don MANUEL ANTONIO PAZ RIVERA, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad N° 7.966.922-9, ambos domiciliados en Calle los Abetos 20716, Ciudad de los Valles, Comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y exponen PRIMERO: Que don Carlos Marcelino Jara Pincheira y doña Elizabeth Cristina Jara Belmar son socios únicos de la “ASESORÍAS INTEGRALES MECTAL LIMITADA”, o “ASESORÍAS INTEGRALES MECTAL LTDA”, sociedad de responsabilidad limitada, constituida por escritura pública de fecha 2 de mayo de 2013, ante la Notario Público de la ciudad de Santiago doña Andrea Díaz-Muñoz Bagolini, cuyo extracto se inscribió en el Registro del Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas12.368, número 9.548, del año 2013, y se publicó en el Diario Oficial el día 14 de mayo de 2013, y que a la fecha no ha tenido modificaciones.- SEGUNDO: En este acto y por medio del presente instrumento, los socios vienen realizar las siguientes modificaciones: Don Carlos Marcelino Jara Pincheira, vende cede y transfiere a don Manuel Antonio Paz Rivera, quien compra, acepta y adquiere para sí, 10% del capital social, que equivale a la totalidad de la participación de don Carlos Jara Pincheira en la sociedad. El precio de la cesión, es la suma de $300.000, cantidad que el cesionario paga al cedente, en este acto, al contado en dinero en efectivo, el cual es recibido por el cedente a su entera satisfacción.- TERCERO: Por el presente instrumento y de conformidad con lo prescrito en el artículo 97 de la ley número 1846 sobre Sociedades Anónimas en relación con el inciso segundo parte final del artículo 424 del Código de Comercio, los actuales y únicos socios de la sociedad ASESORÍAS INTEGRALES MECTAL LIMITADA, doña ELIZABETH CRISTINA JARA BELMAR, y don MANUEL ANTONIO PAZ RIVERA, acuerdan transformar la persona jurídica señalada en una sociedad por acciones denominada “Asesorías Integrales Mectal SpA“, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 424 y siguientes del Código de Comercio, y cuyos estatutos son los siguientes: Estatutos de Asesorías Integrales Mectal Spa.: TITULO PRIMERO: DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION. Artículo Primero: El nombre de la sociedad será ASESORÍAS INTEGRALES MECTAL SpA, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad indistintamente las expresiones “Asesorías Mectal SpA”, “Mectal Spa” o “Mectal” Segundo: El objeto de la sociedad será i) desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de Ingeniero Civil, en todas sus especialidades; ii) la instalación de Oficina y Empresa propia para la atención de los clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instituciones; iii) prestar asesorías, elaborar proyectos, diseños y realizar estudios, asesorar, promover y organizar la dictación de conferencias, cursos, simposios, reuniones profesionales y capacitación de servicios de contratista; iv) la importación, la exportación, la confección y distribución de elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad, y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera, tenga que ver con todo lo indicado; v) Cualquier otra actividad afín o complementaria con las antes indicadas; El domicilio de la sociedad será la ciudad Santiago. Podrán los accionistas, de común acuerdo, establecer sucursales, agencias o filiales en cualquier otro lugar del país y en el extranjero. La vigencia de la sociedad será indefinida.- El capital de la sociedad será la suma de $3.000.000 dividido en 1000 acciones, nominativas, de una seria y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la siguiente forma 900 acciones por la socia ELIZABETH CRISTINA JARA BELMAR, y 100 acciones por accionista don Manuel Antonio Paz Rivera. La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá al accionista MANUEL ANTONIO PAZ RIVERA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 30 de julio de 2019.-