TUTEN MARKET SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2019
- Repertorio
- 34497-2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la parte de la provincia de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| TUTEN SpA | socio | 76503643-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N° 835, pis o 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de 20 de agosto de 2019, repertorio N° 34497-2019, ante mí, TUTEN SpA, RUT N° 76.503.643-7, con domicilio Apoquindo N° 372 1 oficina 151, comuna Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”. NOMBRE: “Tuten Market SpA”. DOMICILIO. El domicilio de la Sociedad es la parte de la provincia de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en cualquier otro lugar de Chile o en el extranjero. DURACIÓN. Indefinida. OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto: a) prestar servicios para el tratamiento de la información y manejo, obtención, recepción, transmisión y procesamiento de datos a través de productos y asesorías de alta tecnología; b) contratar y/o prestar servicios de asesoría técnica, asistencia profesional o apoyo en obras menores de construcción, reparación o mejoramiento del hogar, a personas naturales, organizaciones o sociedades, tanto públicas como privadas, nacionales o extranjeras, a través de plataformas virtuales, dispositivos móviles o cualquier otro medio; c) prestar servicios de selección, reclutamiento y entrenamiento de personal y profesionales para terceros y otros servicios de recursos humanos relacionados; d) efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya sea en bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa la inversión en tecnologías, efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones; e) la administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas; f) prestar asesorías, servicios profesionales, administrativos, técnicos, financieros, económicos y de gestión, en la planificación, desarrollo, evaluación y en general cualquier otra actividad relacionada con los objetos mencionados; y g) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá realizar toda clase de actividades de inversión y negociación; ejercer todos los derechos y facultades que tenga en su calidad de socia, accionista, miembro o partícipe en las sociedades o entidades que constituya o ya existentes; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su objeto. CAPITAL. El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en su integridad por Tuten SpA en el acto de constitución. De esta forma, las acciones en que se divide el capital social se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de agosto de 2019.-