CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Transportes Arriagada y Compañía Limitada

CVE 1644983
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de agosto de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2019
Notario
JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA
Oficio
CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES y su territorio jurisdiccional

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Duración
5 años a contar de esta fecha, renovable según indica escritura constitución

Objeto social

el transporte terrestre de todo tipo de objetos, materias primas y productos propios o ajenos, y todo negocio que los socios acuerden y que directa o indirectamente se relacionen con el

Administración

Ricardo Andrés Arriagada Villa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, ABOGADA, NOTARIO PÚBLICO DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES y su territorio jurisdiccional, suplente del titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, certifica: por escritura de fecha 21 de agosto de 2019, Rep. N° 4049-2019, doña María Angélica Arriagada Villa, domiciliada en Luis Soto N° 0620, departamento 22, Los Ángeles, Los Ángeles y Ricardo Andrés Arriagada Villa, domiciliado Santa Isabel N° 1239, Los Ángeles; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “Transportes Arriagada y Compañía Limitada”, pudiendo usar indistintamente Transportes Arriagada Ltda. Administración y uso de la razón social: Ricardo Andrés Arriagada Villa. Capital: $6 millones que aportan en dinero efectivo, de contado, siguientes proporciones: María Angélica Arriagada Villa $3.000.000, Ricardo Andrés Arriagada Villa $3.000.000. Responsabilidad de socios limitada al monto de respectivos aportes. Objeto: el transporte terrestre de todo tipo de objetos, materias primas y productos propios o ajenos, y todo negocio que los socios acuerden y que directa o indirectamente se relacionen con el giro. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar directa o indirectamente, por medio de sociedades filiales o coligadas, los giros antes indicados.Plazo: 5 años a contar de esta fecha, renovable según indica escritura constitución. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles, 27 de agosto de 2019.