Metodologías de Capacitación SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de agosto de 2019
- Repertorio
- 1858-2019
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) La prestación de servicios de capacitación en cualquier área, rubro o disciplina, sin restricción alguna. b) La asesoría y consultoría financiera. c) La asesoría y consultoría en materia inmobiliaria. d) La inversión inmobiliaria en todo tipo de bienes raíces, urbanos o rurales, y c) La comercialización de todo tipo de productos. 2) La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Álvaro Hugo Araya Tasso, quien, toda vez que anteponga su firma a la razón social, representará a la sociedad y tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los contratos, negocios, convenciones u operaciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social sin limitación alguna; reemplazándose los artículos Segundo y Décimo de los Estatutos Sociales, para reflejar los acuerdos anteriormente señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRenata Marcela González Carvallo, Notario Titular de la Vigésima Tercera Notaría de Santiago, Catedral 1265, certifico: Con fecha 8 de agosto de 2019, se redujo a escritura pública, ante mí, con Repertorio 1858-2019, el Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Metodologías de Capacitación SpA, celebrada el 8 de agosto de 2019, en la cual se acordó que a contar de la fecha de reducción a escritura pública de la junta general extraordinaria de accionistas: 1) La sociedad tendrá como objeto: a) La prestación de servicios de capacitación en cualquier área, rubro o disciplina, sin restricción alguna. b) La asesoría y consultoría financiera. c) La asesoría y consultoría en materia inmobiliaria. d) La inversión inmobiliaria en todo tipo de bienes raíces, urbanos o rurales, y c) La comercialización de todo tipo de productos. 2) La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Álvaro Hugo Araya Tasso, quien, toda vez que anteponga su firma a la razón social, representará a la sociedad y tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los contratos, negocios, convenciones u operaciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social sin limitación alguna; reemplazándose los artículos Segundo y Décimo de los Estatutos Sociales, para reflejar los acuerdos anteriormente señalados. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de agosto de 2019.