Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2019
- Notario
- LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
- Domicilio
- esta ciudad
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Viña del Mar
- Duración
- La duración de la sociedad será de tres años, contados desde la fecha de la escritura. Dicho plazo de vigencia de la sociedad se entenderá prorrogado en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su intención de ponerle término, según se indica en escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, construcción, comercialización y explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces urbanos o agrícolas, propios o ajenos. También podrá constituir sociedades o adquirir derechos y participaciones en las mismas, sean civiles o mercantiles, nacionales o extranjeras, pudiendo especialmente comprar, adquirir u obtener a cualquier título acciones, bonos u otros instrumentos financieros o valores mobiliarios y, en general, invertir en cualquier tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales. En general, podrá realizar todo otro negocio que se relacione directa o indirectamente con los fines descritos que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Abogado, Notario Público de esta ciudad, con oficio en calle Doce Norte número setecientos ochenta y cinco, piso tres, Viña del Mar, certifica: por escritura pública con fecha 26/08/2019 ante mí, don RENZO MAURIZIO PEROCARPI HAMMERSLEY, cédula nacional de identidad y rut número 7.644.6997, a nombre y en representación de INVERSIONES MARITALIA SpA, sociedad del giro de su denominación rol único tributario número 76.923.652k, ambos domiciliados en Vicuña Mackenna número 973, Reñaca, comuna de Viña del Mar, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos, en lo no previsto por el estatuto regirá lo dispuesto en la ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas y en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio de Chile y, las demás disposiciones de ese Código y del Código Civil, en ese orden. Nombre. El nombre será INVERSIONES LOMA VERDE SpA, la que podrá actuar con el nombre de fantasía de LOMA VERDE SpA, para todos los efectos legales, incluso con los bancos. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acordare establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración. La duración de la sociedad será de tres años, contados desde la fecha de la escritura. Dicho plazo de vigencia de la sociedad se entenderá prorrogado en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su intención de ponerle término, según se indica en escritura extractada. Objeto. El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, construcción, comercialización y explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces urbanos o agrícolas, propios o ajenos. También podrá constituir sociedades o adquirir derechos y participaciones en las mismas, sean civiles o mercantiles, nacionales o extranjeras, pudiendo especialmente comprar, adquirir u obtener a cualquier título acciones, bonos u otros instrumentos financieros o valores mobiliarios y, en general, invertir en cualquier tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales. En general, podrá realizar todo otro negocio que se relacione directa o indirectamente con los fines descritos que los socios acuerden Capital. El capital de la sociedad es de UN MILLON DE PESOS, dividido en cien acciones, de igual valor cada una, sin valor nominal. INVERSIONES MARITALIA SpA, representada como se indicó, suscribe y paga cien acciones por la suma de un millón de pesos que ingresa en este acto en arcas sociales. Consecuentemente, se encuentran suscritas y pagadas la totalidad de las acciones emitidas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para legalización. Viña del Mar, 27 de Agosto de 2019.