MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGUILAR & RUBIO ABOGADOS SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA

RUT 76455525-2 CVE 1645053
Fecha instrumento
12 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2019
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

a) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; b) La compraventa de sitios u otros lugares de estacionamiento para vehículos; la instalación, la administración, la intermediación y el arrendamiento de lugares construidos o destinados a estacionamiento de móviles; la venta, por encargo o por cuenta de una compañía de seguros, de seguros de vehículos; el lavado y prestación de otros servicios de vehículos y todo lo que, en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado con guardar, conservar, cuidar o estacionar vehículos, máquinas y otros ; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y cualquier otro negocio que acordaren los socios, y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto; d) “Las capacitaciones, inducciones, instrucciones respecto de derecho de familia, derecho civil, garantías constitucionales entre otras disciplinas a toda clase de empresas, instituciones y a cualquier persona natural o jurídica, organismos públicos de la administración centralizada y)o descentralizada del Estado”. 4) y la clausula cuarta, referente al domicilio, rectificándola en el siguiente tenor “El domicilio de la sociedad esta se encuentra ubicado en la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero. En lo no modificado el pacto social se mantiene vigente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 12/08/2019 ante mí: MACARENA PAZ AGUILAR DRAGO, domiciliada en Badajoz N° 100, O ficina N° 421, Comuna de Las Condes, Santiago; y doña MARÍA TERESA RUBIO GALLEGOS, domiciliada en Badajoz N° 100, Oficina N° 421, Comuna de Las Condes, Santi ago; modificaron AGUILAR & RUBIO ABOGADOS SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA, inscrita Fojas 43.230 Número 26.852, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 2014. Modificaciones consisten en: 1) MARÍA TERESA RUBIO GALLEGOS cede a MACARENA PAZ AGUILAR DRAGO el 90% de sus derechos sociales. Precio $90.000 pagados al contado. 2) Quedan como socios MACARENA PAZ AGUILA DRAGO 95% derechos sociales y MARÍA TERESA RUBIO GALLEGOS 5% derechos sociales. 3) Se acuerda modificar la cláusula segunda de la escritura de constitución, en el siguiente sentido: Objeto Social: a) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; b) La compraventa de sitios u otros lugares de estacionamiento para vehículos; la instalación, la administración, la intermediación y el arrendamiento de lugares construidos o destinados a estacionamiento de móviles; la venta, por encargo o por cuenta de una compañía de seguros, de seguros de vehículos; el lavado y prestación de otros servicios de vehículos y todo lo que, en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado con guardar, conservar, cuidar o estacionar vehículos, máquinas y otros ; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y cualquier otro negocio que acordaren los socios, y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto; d) “Las capacitaciones, inducciones, instrucciones respecto de derecho de familia, derecho civil, garantías constitucionales entre otras disciplinas a toda clase de empresas, instituciones y a cualquier persona natural o jurídica, organismos públicos de la administración centralizada y/o descentralizada del Estado”. 4) y la clausula cuarta, referente al domicilio, rectificándola en el siguiente tenor “El domicilio de la sociedad esta se encuentra ubicado en la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero. En lo no modificado el pacto social se mantiene vigente. Demás estipulaciones escritura extractada. 14 de agosto de 2019.