CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

A.F. INSTALACIONES SANITARIAS LIMITADA

RUT 5693075-2 CVE 1645485
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
19 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2019
Repertorio
11997/2019
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago
Duración
La empresa comenzará a regir desde su fecha de constitución y tendrá una duración de 5 años, renovables por igual período

Objeto social

El estudio y ejecución de servicios de instalaciones sanitarias a personas naturales y)o jurídicas, públicas y)o privadas, nacionales y)o extranjeras, la mantención y reparación de redes de agua potable, alcantarillado, aguas lluvia, red seca, gas, desagües, fugas de agua, limpieza de cámaras, instalaciones de artefactos sanitarios domiciliarias en general, sean de casas, edificios, industrias u otros similares y la realización de cualquier actividad complementaria o supletoria de las expresadas y, en general, cualquier actividad que acordaren los socios y que tengan actualmente o en el futuro relación directa o indirecta con el giro social. La compra, venta, permuta, distribución, comercialización, importación y exportación de todo tipo de bienes y)o materiales que digan relación con la actividad. En el cumplimiento de su objetivo, la sociedad también podrá constituir, participar y ser dueña de sociedades sean estas civiles o comerciales, ejecutar todos los actos y contratos con otras personas naturales y)o jurídicas que tengan este objeto o de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 341, 4° piso, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de 19 de agosto de 2019, repertorio N°11.997 / 2019, otorgada en esta Notaría, don VICTOR MANUEL VENEGAS GUTIERREZ, chileno, casado, gasfíter, C.I 5.693.075-2, Santiago, Millantu N° 654, comuna de Quilicura y don CLAUDIO ALBERTO VENEGAS CID, chileno, divorciado, contador general, C.I. 12.255.001-K, domiciliado en Santiago, Armería N° 0539, comuna de Quilicura, constituyen empresa de responsabilidad limitada cuya razón social es “A.F. INSTALACIONES SANITARIAS LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “ALFA Y OMEGA LIMITADA”. Objeto: El estudio y ejecución de servicios de instalaciones sanitarias a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, la mantención y reparación de redes de agua potable, alcantarillado, aguas lluvia, red seca, gas, desagües, fugas de agua, limpieza de cámaras, instalaciones de artefactos sanitarios domiciliarias en general, sean de casas, edificios, industrias u otros similares y la realización de cualquier actividad complementaria o supletoria de las expresadas y, en general, cualquier actividad que acordaren los socios y que tengan actualmente o en el futuro relación directa o indirecta con el giro social. La compra, venta, permuta, distribución, comercialización, importación y exportación de todo tipo de bienes y/o materiales que digan relación con la actividad. En el cumplimiento de su objetivo, la sociedad también podrá constituir, participar y ser dueña de sociedades sean estas civiles o comerciales, ejecutar todos los actos y contratos con otras personas naturales y/o jurídicas que tengan este objeto o de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. Capital: $500.000 que entera en el acto de constitución al contado y en dinero efectivo a la caja empresarial. Responsabilidad: Limitada al monto del aporte. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a don VICTOR MANUEL VENEGAS GUTIERREZ, quién actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Duración: La empresa comenzará a regir desde su fecha de constitución y tendrá una duración de 5 años, renovables por igual período. Otras estipulaciones constan en la escritura extractada. PAM.