MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Sociedad de Inversiones Foormaggio S.A.

RUT 76349928-6 CVE 1644596
Fecha instrumento
16 de agosto de 2019
Notaría
Los

Instrumento

Fecha
16 de agosto de 2019
Notario
JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA
Oficio
4° Notaría Los Ángeles
Comuna
Los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, Abogada, Notario Público de la 4° Notaría Los Ángeles, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, Caupolicán 355, Los Angeles, certifico: Por escritura pública REP. 3980-2019, de fecha 16 de agosto de 2019, otorgada ante el titular don Juan Mauricio Araneda Medina: En cumplimiento artículos primero, segundo, tercero, cuarto y noveno de la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y artículos primero, tercero, cuarto, sexto, décimo, décimo primero y trigésimo noveno de la Ley de Sociedades Anónimas; por escritura de dieciséis de Agosto de dos mil diecinueve, otorgada ante Notario Público titular de la Cuarta Notaría de Los Angeles, don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, domiciliado en calle Caupolicán número trescientos cincuenta y cinco de la comuna de Los Angeles, el Gerente, Representante legal y Secretario del Directorio de Sociedad de Inversiones Foormaggio S.A., don ESTEBAN SEBASTIÁN UHRIG, otorgó escritura de saneamiento legal a fin de salvar los errores mecanográficos y el transcurso del tiempo existentes en escritura pública Repertorio número dos mil cuarenta y tres guión dos mil diecisiete, de la Cuarta Notaría de Los Angeles, sobre modificación, fusión y transformación de sociedades de responsabilidad limitada a anónima, y precisar claramente los montos del capital efectivamente pagado por los accionistas, y las acciones efectivamente suscritas y pagadas en la fusión y transformación de las sociedades Inmobiliaria e Inversiones Saga Limitada y Lácteos Bel Paese Limitada. Cláusulas séptima y octava.- Saneamiento: el Gerente General y Representante Legal, viene en sanear y salvar los errores contenidos en el artículo tercero transitorio de la cláusula novena de la escritura de modificación, fusión y transformación de sociedades de responsabilidad limitada a sociedad anónima; declarando que don Alesandro Gatani, suscribió noventa mil doscientas veintinueve acciones a un valor de mil pesos por cada acción, esto es la suma de noventa millones doscientos veintinueve mil ciento dieciséis pesos, valor que pagó con los aportes fusionados de las dos sociedades de responsabilidad limitada antes señaladas, de contado, en dinero efectivo, los que fueron ingresados en caja social, quedando de esta forma –debe decir- con un treinta y cuatro coma nueve por ciento de participación social-; don Antonio Sapone suscribió noventa mil doscientas veintinueve acciones a un valor de mil pesos por cada acción, esto es la suma de noventa millones doscientos veintinueve mil ciento dieciséis pesos, valor que pagó con los aportes fusionados de las dos sociedades de responsabilidad limitada antes señaladas, de contado, en dinero efectivo, los que fueron ingresados en caja social, quedando de esta forma –debe decir- con un treinta y cuatro coma nueve por ciento de participación social; y don Fabio Massimo Righetti, suscribió cincuenta y siete mil novecientos doce acciones a un valor de mil pesos por cada acción, esto es la suma de cincuenta y siete millones novecientos doce mil noventa y siete pesos, valor que pagó con los aportes fusionados de las dos sociedades de responsabilidad limitada antes señaladas, de contado, en dinero efectivo, los que fueron ingresados en caja social, quedando de esta forma -debe decir- con un veintidós coma cuatro por ciento de participación social.- Los Angeles, 26 de Agosto de 2019.