The Andes House SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2019
- Repertorio
- 22945-2019
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, brindar todo tipo de asesorías y consultorías en el ámbito de arquitectura y la construcción; explotación de las actividades inmobiliarias y de la construcción en su más amplio espectro, pudiendo dedicarse a las inversiones en toda clase de bienes raíces, como asimismo a la compra, venta, intermediación y gestión de proyectos en relación a toda clase de tales bienes, sean urbanos o rurales; a la subdivisión, loteo, urbanización y habilitación de todo tipo de terrenos; a la construcción, reparación, remodelación, terminación y modificación en cualquier forma de toda clase de edificios, viviendas, locales comerciales, oficinas, establecimientos de toda especie y en general, obras civiles de cualquier clase; todo ello por cuenta propia o de terceros, fabricación, elaboración, manufacturación, comercialización, promoción, distribución, compraventa, importación, exportación, representación, por cuenta propia o ajena de todo tipo de artículos, manufacturados en madera, metal, plástico o cualquier otra materia. Obtener por cualquier título concesiones, permisos, autorización o licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos relacionados con los objetos anteriores, sean con entes privados o públicos. Para cumplir con el objeto social, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos o contratos incluyendo expresamente el arrendamiento de inmuebles y la participación en cualquier forma en sociedades de cualquier naturaleza así como cualquier otro tipo de actividad que los comparecientes puedan acordar. La sociedad podrá realizar todas las actuaciones necesarias para lograr los objetivos ya señalados”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría Santiago, oficio La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de julio de 2019, Repertorio N°22.945-2019, otorgada ante mí, se modificó la escritura de constitución de sociedad THE ANDES HOUSE SpA, inscrita a fojas 44.617, N° 22.419, Registro Comercio Santiago del año 2019, en el siguiente sentido: Cristián Domínguez Fernández en su calidad de único accionista y socio administrador de la sociedad acordó modificar el objeto social de la sociedad reemplazando el artículo cuarto de los estatutos sociales como sigue: “CUARTO: Objeto. La sociedad tendrá por objeto, brindar todo tipo de asesorías y consultorías en el ámbito de arquitectura y la construcción; explotación de las actividades inmobiliarias y de la construcción en su más amplio espectro, pudiendo dedicarse a las inversiones en toda clase de bienes raíces, como asimismo a la compra, venta, intermediación y gestión de proyectos en relación a toda clase de tales bienes, sean urbanos o rurales; a la subdivisión, loteo, urbanización y habilitación de todo tipo de terrenos; a la construcción, reparación, remodelación, terminación y modificación en cualquier forma de toda clase de edificios, viviendas, locales comerciales, oficinas, establecimientos de toda especie y en general, obras civiles de cualquier clase; todo ello por cuenta propia o de terceros, fabricación, elaboración, manufacturación, comercialización, promoción, distribución, compraventa, importación, exportación, representación, por cuenta propia o ajena de todo tipo de artículos, manufacturados en madera, metal, plástico o cualquier otra materia. Obtener por cualquier título concesiones, permisos, autorización o licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos relacionados con los objetos anteriores, sean con entes privados o públicos. Para cumplir con el objeto social, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos o contratos incluyendo expresamente el arrendamiento de inmuebles y la participación en cualquier forma en sociedades de cualquier naturaleza así como cualquier otro tipo de actividad que los comparecientes puedan acordar. La sociedad podrá realizar todas las actuaciones necesarias para lograr los objetivos ya señalados”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de agosto de 2019.