MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES PEZ LIMITADA

RUT 76202196-K CVE 1642735
Fecha instrumento
6 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de agosto de 2019
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades, acciones, bonos, valores mobiliarios y, en general, efectos de comercio, administrarlos y explotarlos bajo cualquier forma, percibir sus frutos y reinvertirlos; b) la compra, venta, importación y exportación de toda clase de artículos y bienes, su construcción y)o ejecución, su comercialización y distribución; la construcción de materiales de aislación térmica, de muebles metálicos y de toda clase de material; la participación en todas las actividades propias de la construcción, ya sea como contratista y)o subcontratista; c) el desarrollo, ejecución y administración de toda clase de proyectos y negocios, incluidos negocios por internet, y la formación y)o participación en las sociedades que se requieran para ello; d) efectuar toda clase de asesorías económicas, comerciales financieras o técnicas; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clases; y e) realizar toda clase de actos de comercio. Los objetos indicados podrán desarrollarse en Chile o en el extranjero;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, Santiago, certifica: por escritura 06 de agosto de 2019, ante mí, JORGE MAXIMILIANO BUSSENIUS GATICA, cédula nacional de identidad trece millones doscientos cincuenta y tres mil ciento setenta y ocho guion uno, y NICOLAS JOSE VILAPLANA BENITEZ, cédula nacional de identidad número siete millones mil quinientos cincuenta y uno guion K, modificaron sociedad “INVERSIONES PEZ LIMITADA”, inscrita a fojas cuatro mil ochenta y siete número dos mil ochocientos dieciséis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil doce, siguiente sentido: NICOLAS JOSE VILAPLANA BENITEZ vende, cede y transfiere a JORGE MAXIMILIANO BUSSENIUS GATICA la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, esto es, el cincuenta por ciento de los derechos, pagado en dinero efectivo. A continuación, JORGE MAXIMILIANO BUSSENIUS GATICA, como único socio, transforma la sociedad en una Sociedad por Acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre: “INVERSIONES PEZ SpA”; Objeto: a) La inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades, acciones, bonos, valores mobiliarios y, en general, efectos de comercio, administrarlos y explotarlos bajo cualquier forma, percibir sus frutos y reinvertirlos; b) la compra, venta, importación y exportación de toda clase de artículos y bienes, su construcción y/o ejecución, su comercialización y distribución; la construcción de materiales de aislación térmica, de muebles metálicos y de toda clase de material; la participación en todas las actividades propias de la construcción, ya sea como contratista y/o subcontratista; c) el desarrollo, ejecución y administración de toda clase de proyectos y negocios, incluidos negocios por internet, y la formación y/o participación en las sociedades que se requieran para ello; d) efectuar toda clase de asesorías económicas, comerciales financieras o técnicas; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clases; y e) realizar toda clase de actos de comercio. Los objetos indicados podrán desarrollarse en Chile o en el extranjero; Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero; Duración: indefinida; Capital: un millón de pesos, dividido en mil acciones iguales, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 22 de agosto de 2019.-