Inmobiliaria e Inversiones Valle del Haras Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2019
- Repertorio
- 32260-2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
Objeto social
a) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichos bienes; b) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y percibir los frutos civiles y naturales que de ellos provengan; c) constituir sociedades o incorporarse a otras ya constituidas, cualquiera sea su tipo, cuyo objeto sea similar o complementario de los indicados en la letras precedentes, y, d) en general, cualquier otro rubro que los socios de común acuerdo determinen vinculado o no con los anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, certifica que por escritura pública de 2 de Agosto de 2019, repertorio 32.260-2019, ante mí, don JONATHAN ANDRES JELDRES CARRASCO, don HECTOR YAN JELDRES CARRASCO, doña VALESKA NICOL JELDRES CARRASCO, y don YERKO GONZALO JELDRES CARRASCO, todos domiciliados en esta ciudad en calle Virginia Subercaseaux número 4.000, parcela 171,comuna de Pirque, transformaron sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “Inmobiliaria e Inversiones Valle del Haras Limitada”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2014 a fojas 53.516, número 33.115, en sociedad por acciones con estatuto siguiente: Razón social: VALLE DEL HARAS SpA. Objeto: a) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichos bienes; b) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y percibir los frutos civiles y naturales que de ellos provengan; c) constituir sociedades o incorporarse a otras ya constituidas, cualquiera sea su tipo, cuyo objeto sea similar o complementario de los indicados en la letras precedentes, y, d) en general, cualquier otro rubro que los socios de común acuerdo determinen vinculado o no con los anteriores. Capital:$40.000.000.-, dividido y representado en mil acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo en proporciones igualitarias entre los socios en la constitución de la sociedad.Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 19 de agosto de 2019.-