CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Rudi Scholdis Limitada

CVE 1642631
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2019
Notario
ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Oficio
48 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
comuna de San Carlos, Región del Ñuble
Duración
5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable tácita y automáticamente por periodos de 3 años cada uno, según cláusula prórroga automática, indicada en escritura extractada

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto prestar toda clase de asesorías en materias ligadas a la hotelería, restaurantes, banquetería, eventos y similares; la asesoría en todo lo que diga relación con insumos para dichas actividades; la asesoría para el desarrollo de toda clase de productos alimenticios, su comercialización y marketing; y la asesoría en materia gastronómica en general. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que estime necesarios para la consecución de los fines antes indicados, y para el empleo e inversión de sus fondos disponibles

Administración

Representación, administración y uso de razón social corresponderá a los socios, quienes, actuando separada e indistintamente, representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en calidad de administradores, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. Sin perjuicio de lo anterior, sólo actuando conjuntamente, los socios podrán representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, actos, contratos, etcétera, que se indican en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la 48 Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, certifico: por escritura pública de 20 de agosto de 2019, ante mí, Rudi Leo L Scholdis y Jennifer Alejandra Meriño Guajardo, ambos domicilio calle Cuadrapangue sin número, comuna de San Carlos, Región de Ñuble, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “Asesorías Rudi Scholdis Limitada”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también nombre de fantasía “Arquitectura Aromática Ltda.” para fines comerciales y publicitarios. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto prestar toda clase de asesorías en materias ligadas a la hotelería, restaurantes, banquetería, eventos y similares; la asesoría en todo lo que diga relación con insumos para dichas actividades; la asesoría para el desarrollo de toda clase de productos alimenticios, su comercialización y marketing; y la asesoría en materia gastronómica en general. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que estime necesarios para la consecución de los fines antes indicados, y para el empleo e inversión de sus fondos disponibles. Domicilio: comuna de San Carlos, Región del Ñuble, sin perjuicio de lo cual podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro y fuera del país. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable tácita y automáticamente por periodos de 3 años cada uno, según cláusula prórroga automática, indicada en escritura extractada. Capital: $5.000.000.- que socios aportan y pagan en siguiente forma y proporciones: Uno/ Rudi Leo L Scholdis aporta cantidad de $2.500.000.-, que paga en acto escritura extractada, al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad y del otro socio; y Dos/ Jennifer Alejandra Meriño Guajardo aporta cantidad de $2.500.000.-, que paga en acto escritura extractada, al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad y del otro socio. Responsabilidad de las socias se limita a monto de respectivos aportes. Administración: Representación, administración y uso de razón social corresponderá a los socios, quienes, actuando separada e indistintamente, representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en calidad de administradores, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. Sin perjuicio de lo anterior, sólo actuando conjuntamente, los socios podrán representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, actos, contratos, etcétera, que se indican en escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 agosto de 2019.