SOCIEDAD DE TECNOLOGÍA GREENTECK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2019
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- - Santiago de Chile
- Duración
- - Cinco años, renovables periodos iguales y sucesivos en la forma señalada en la escritura social, a contar de esta fecha
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ HUMBERTO MIGUEL SALAZAR RIVERA, Abogado Notario Público interino de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, GONZALO IGNACIO QUIROGA MOSQUERA, chileno, tecnólogo médico, cédula de identidad N° 9.815.321-7, domiciliado en calle Julio Prado 730, Providencia, Santiago; SILVIA ANGÉLICA MOSQUERA ARENAS, chilena, empresaria, cédula de identidad N° 5.488.116-9, domiciliada en calle Los Lirios 4856, Los Cóndores, Talcahuano; y LETICIA DEL CARMEN MOSQUERA ARENAS, cédula de identidad N° 6.533.181-0, domiciliada en calle Los Lirios 4856, Los Cóndores, Talcahuano; modifican “SOCIEDAD DE TECNOLOGÍA GREENTECK LIMITADA”, Rol Único Tributario: setenta y seis millones doscientos ocho mil setecientos trece guión ocho.- Modificación consiste: Gonzalo Ignacio Quiroga Mosquera cede, vende y transfiere el treinta y seis coma dos por ciento de sus derechos sociales, correspondientes al noventa y cuatro por ciento del total de los derechos de la “SOCIEDAD DE TECNOLOGÍA GREENTECK LIMITADA”, a doña Leticia del Carmen Mosquera Arenas, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión asciende a la suma única de tres millones cuatrocientos mil pesos, la que es pagada en este acto en dinero efectivo, declarando el cedente recibirla a su entera satisfacción; y también en este mismo acto Gonzalo Ignacio Quiroga Mosquera cede, vende y transfiere el cuarenta y dos coma seis por ciento de sus derechos sociales, correspondientes al noventa y cuatro por ciento del total de los derechos de la “SOCIEDAD DE TECNOLOGÍA GREENTECK LIMITADA”, a doña Silvia Angélica Mosquera Arenas, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión asciende a la suma única de cuatro millones de pesos, la que es pagada en este acto en dinero efectivo, declarando el cedente recibirla a su entera satisfacción. Certifico por escritura hoy ante mí, Gonzalo Ignacio Quiroga Mosquera y Silvia Angélica Mosquera Arenas y Leticia del Carmen Mosquera Arenas, integrantes de la “SOCIEDAD DE TECNOLOGÍA GREENTECK LIMITADA”.- Modifican la cláusula CUARTA del pacto social, en el siguiente sentido: Capital: $10.000.000.- que los socios aportan de la siguiente manera: GONZALO IGNACIO QUIROGA MOSQUERA, aporta la suma de $2.000.000.- en dinero efectivo y de contado ya ingresado a la caja social; SILVIA ANGÉLICA MOSQUERA ARENAS, aporta la suma de $4.500.000.- en dinero efectivo y de contado ya ingresado a la caja social; y LETICIA DEL CARMEN MOSQUERA ARENAS, aporta la suma de $3.500.000.- en dinero efectivo y de contado ya ingresado a la caja social.- Como consecuencia de las referidas cesiones de derechos, quedan como socios de la sociedad y sus correspondientes participaciones: Gonzalo Ignacio Quiroga Mosquera con un 20% de los derechos sociales; Silvia Angélica Mosquera Arenas, con el 45% de los derechos sociales; y Leticia Del Carmen Mosquera Arenas, con el 35% de los derechos sociales.- Administración, representación y uso de razón social.- Corresponderá exclusivamente al socio GONZALO IGNACIO QUIROGA MOSQUERA.- Duración.- Cinco años, renovables periodos iguales y sucesivos en la forma señalada en la escritura social, a contar de esta fecha.- Domicilio.- Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias y sucursales que se establezcan en otras ciudades o extranjero.- Demás estipulaciones constan en contrato relacionado. En todo lo no modificado quedan vigentes estipulaciones pacto social.- Concepción, 16 de Agosto de 2019.