INVERSIONES LA FUENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de octubre de 2006
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado NOTARIO PUBLICO TITULAR de la Octava Notaria de Santiago, HUERFANOS 941, oficina 302 , certifico: Que por escritura pública, hoy, ante mí: Don MOSHE APT DRUCK; Don PHILIPPE LOTHAR APT DRUCK, ambos domiciliados en calle Lira 1003, Santiago, y don MATIAS APT GOREN, domiciliado en Paseo del Aguila 5007, Lo Barnechea, Santiago, los dos primeros en su calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES LA FUENTE LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada con fecha 26 de Octubre del 2006, ante el Notario Público de Santiago don Samuel Klecky Rapaport y cuyo extracto autorizado de la referida escritura pública, se inscribió a fojas 46.794, número 33.310 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2006 y se publicó en el Diario Oficial del día 20 de Noviembre del 2006,vienen en modificar el pacto social en el siguiente sentido: A.- Se retira de sociedad don Philippe Lothar Apt Druck y, en consecuencia, vende, cede y transfiere a don Matías Apt Goren, quien compra, acepta y adquiere si la totalidad de los derechos que a don Philippe Lothar Apt Druck le correspondían en la sociedad.B.- Asimismo, don Moshe Apt Druck , vende, cede y transfiere a don Matías Apt Goren , quien compra, acepta y adquiere para sí, el 49% de los derechos que a don Moshe Apt Druck le corresponden en la sociedad. C.- En consecuencia, y vistas las cesiones de los derechos indicados en las cláusulas anteriores, quedan como únicos socios de la sociedad don Moshe Apt Druck con un 50% de los derechos en la sociedad y don Matías Apt Goren, con un 50% de los derechos en la sociedad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.-La escritura de fecha 26 de Octubre de 2006, otorgada ante el Notario de Santiago don Samuel Klecky Rapaport , conserva plenamente su vigencia en todo lo no modificado en la escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 8 de Agosto del 2019. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Público.