CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

JD SOLUCIONES GRÁFICAS SpA

CVE 1641340
Fecha instrumento
9 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2019
Repertorio
23898/2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
trigésima sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: realizar por cuenta propia o de terceros actividades relacionadas con impresión, gráfica, edición, diseño y publicidad, en cualquiera de sus formas; podrá imprimir, editar, publicar, diseñar, por cualquier medio de comunicación o difusión, ya sea escrito, radial, televisivo, visual, digital, computacional, red internet, artículos, folletos, libros, revistas, periódicos e impresos en general. Asimismo, podrá dedicarse a la adquisición, enajenación, administración, explotación, comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, mercaderías y productos. Sin perjuicio de lo anterior, asumir la representación en Chile o el extranjero de sociedades chilenas o extranjeras dedicas a la prestación de servicios, fabricación o producción de insumos, maquinarias, hardware o software, cualquiera sea su utilidad. Podrá desarrollar cualesquiera otras actividades que él o los accionistas acuerden. DEL CAPITAL El capital social asciende a la suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en mil acciones, iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. dividido en MIL ACCIONES emitidas por la sociedad, las cuales son totalmente suscritas y pagadas por el compareciente a la fecha de la presente escritura pública

Administración

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo décimo de los estatutos, se designa como administrador de la sociedad a don JORGE DEMETRIO ALVAREZ CARRASCO, ya individualizado, quien gozará de todas las atribuciones y facultades contenidas en el citado artículo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la trigésima sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso dos, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de agosto de 2019, repertorio N°23.898/2019, ante mí, JORGE DEMETRIO ALVAREZ CARRASCO, con domicilio en Pasaje Los Manantiales N° 6960, comuna de Peñalolen, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones de cuyos Estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “JD SOLUCIONES GRÁFICAS SpA”, la que podrá actuar sin ninguna limitación incluso ante bancos e instituciones financieras bajo el nombre de fantasía JD SpA. OBJETO SOCIAL. El objeto de la sociedad será: realizar por cuenta propia o de terceros actividades relacionadas con impresión, gráfica, edición, diseño y publicidad, en cualquiera de sus formas; podrá imprimir, editar, publicar, diseñar, por cualquier medio de comunicación o difusión, ya sea escrito, radial, televisivo, visual, digital, computacional, red internet, artículos, folletos, libros, revistas, periódicos e impresos en general. Asimismo, podrá dedicarse a la adquisición, enajenación, administración, explotación, comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, mercaderías y productos. Sin perjuicio de lo anterior, asumir la representación en Chile o el extranjero de sociedades chilenas o extranjeras dedicas a la prestación de servicios, fabricación o producción de insumos, maquinarias, hardware o software, cualquiera sea su utilidad. Podrá desarrollar cualesquiera otras actividades que él o los accionistas acuerden. DEL CAPITAL El capital social asciende a la suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en mil acciones, iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. dividido en MIL ACCIONES emitidas por la sociedad, las cuales son totalmente suscritas y pagadas por el compareciente a la fecha de la presente escritura pública. ADMINISTRACIÓN: Para los efectos de lo dispuesto en el artículo décimo de los estatutos, se designa como administrador de la sociedad a don JORGE DEMETRIO ALVAREZ CARRASCO, ya individualizado, quien gozará de todas las atribuciones y facultades contenidas en el citado artículo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 14 de agosto de 2019.-