GRP INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2019
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.980.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago 4
- Duración
- duración de 5 años, renovable tácita y sucesivamente. 9.- ENTRADA EN
Objeto social
a) Elaboración y comercialización de productos alimenticios, b) actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas, c) actividades de servicio de bebidas no alcohólicas y alcohólicas, destilados, te y café , d) Servicios de comida preparada y su expendio en general, e) la gestión y administración de comercios, tiendas, cafés, hostales y establecimientos con el objeto de ofrecer servicios y productos asociados a la industria del turismo y esparcimiento, f) la realización de inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, en especial en efectos de comercio, valores mobiliarios y administración de estos y sus frutos. 5.-CAPITAL SOCIAL: Seis millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a)GERMÁN ANDRES GUERRA CAVALLI, aporta $1.980.000.-, monto que equivale al treinta y tres por ciento del capital social y que entera en este acto al contado; b) RICARDO ENRIQUE CASTILLO ZAVALA aporta $2.040.000.- monto que equivale al treinta y cuatro por ciento del capital social, y que entera en este acto al contado, en la caja socia y c) CAMILO ANDRES REYES MARTINEZ aporta $1.980.000.-, monto que equivale al treinta y tres por ciento del capital social y que entera en este acto al contado, 6
Administración
corresponde a RICARDO ENRIQUE CASTILLO ZAVALA y GERMÁN ANDRES GUERRA CAVALLI, de forma conjunta, separada e indistinta, 7.- Las utilidades se dividiran entre los socios 8
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que por escritura de fecha 01 de Agosto de 2019, ante mí, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada “GRP INVERSIONES LIMITADA en el siguiente sentido: RICARDO ENRIQUE CASTILLO ZAVALA, Rut 14.211.516-6, domiciliado en General Jofre Nº 384, Comuna de Santiago, GERMÁN ANDRES GUERRA CAVALLI, Rut 15.378.851-0, domiciliado en Alejandro Fleming Nº 9849, casa U 3, comuna de las Condes, CAMILO ANDRES REYES MARTINEZ, Rut 19.570.073-7, domiciliado en Antonio Varas Nº 1472, Comuna de Providencia,1.- Constituye sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley tres mil novecientos dieciocho y demás normas vigentes. 2.-RAZON SOCIAL: “GRP INVERSIONES LIMITADA” 3.- DOMICILIO: Ciudad de Santiago 4.- OBJETO: a) Elaboración y comercialización de productos alimenticios, b) actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas, c) actividades de servicio de bebidas no alcohólicas y alcohólicas, destilados, te y café , d) Servicios de comida preparada y su expendio en general, e) la gestión y administración de comercios, tiendas, cafés, hostales y establecimientos con el objeto de ofrecer servicios y productos asociados a la industria del turismo y esparcimiento, f) la realización de inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, en especial en efectos de comercio, valores mobiliarios y administración de estos y sus frutos. 5.-CAPITAL SOCIAL: Seis millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a)GERMÁN ANDRES GUERRA CAVALLI, aporta $1.980.000.-, monto que equivale al treinta y tres por ciento del capital social y que entera en este acto al contado; b) RICARDO ENRIQUE CASTILLO ZAVALA aporta $2.040.000.- monto que equivale al treinta y cuatro por ciento del capital social, y que entera en este acto al contado, en la caja socia y c) CAMILO ANDRES REYES MARTINEZ aporta $1.980.000.-, monto que equivale al treinta y tres por ciento del capital social y que entera en este acto al contado, 6.- ADMINISTRACION: corresponde a RICARDO ENRIQUE CASTILLO ZAVALA y GERMÁN ANDRES GUERRA CAVALLI, de forma conjunta, separada e indistinta, 7.- Las utilidades se dividiran entre los socios 8.- DURACION: duración de 5 años, renovable tácita y sucesivamente. 9.- ENTRADA EN VIGENCIA: Empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura. Santiago, a 14 de Agosto de 2019. IVAN TORREALBA ACEVEDO. Notario Público.