MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ENERLINK CHILE SpA

RUT 76834827-8 CVE 1641153
Capital
$25.514.800 CLP
Fecha instrumento
4 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de julio de 2019
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$25.514.800 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.235, local 2, piso 1 y 2, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 16 de agosto de 2019, se redujo a escritura pública, ante mí, Rep.6633-2019, acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de ENERLINK CHILE SpA, celebrada ante mí con fecha 04 de julio de 2019, en la que se acordó: Aumentar el capital en la suma de $25.514.800.-, mediante la emisión de 4.287 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas por JOSÉ IGNACIO DUSSAILLANT JONES. Luego del aumento de capital propuesto, la suma total a que asciende el nuevo capital de la Sociedad es de $37.514.800.- dividido en 14.287 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En virtud de lo expuesto, el accionista, acordó adecuar el artículo quinto permanente, reemplazándolo por el siguiente nuevo artículo quinto: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de 37.514.800 pesos dividido en 14.287 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se encuentra suscrito y pagado en la forma que se indica en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero en efectivo o mediante la capitalización de créditos.” Asimismo, acordaron sustituir el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, por el siguiente nuevo artículo primero transitorio: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de 37.514.800 pesos, dividido en 14.287 acciones nominativas, sin valor nominal, que se distribuyen de la siguiente forma: a) Con la suma de 10.800.000 pesos dividido en 9.000 acciones, íntegramente suscritas y pagadas; b) Con la suma de 25.000.000 de pesos dividido en 3.858 acciones las cuales deberán ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de 5 años contados desde la fecha del presente instrumento. Se hace presente que las 1.429 acciones ordinarias restantes serán destinadas a un plan de compensación de ejecutivos, quedando éstas pendientes de suscripción y pago, debiendo quedar suscritas y pagadas en el plazo máximo de 10 años contados desde la fecha del presente instrumento. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registenerlink sparos de la Sociedad, a menos que la unanimidad de los accionistas de la Sociedad acuerde lo contrario, mediante escritura pública o instrumento privado protocolizado inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para legalización. Valeria Ronchera Flores. Notario Público, Santiago, 20 de agosto 2019.