Consorcio Andes Mining SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
DOS. Modificó el Artículo Décimo de la administración, estableciendo que el uso de la razón social y su representación corresponderá a un gerente general designado por los accionistas que representen la mayoría de las acciones con derecho a voto. La designación se hará en junta de accionistas cuya acta se reducirá a escritura pública o derechamente por escritura pública. El gerente general podrá, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, salvo limitación expresa en el título de su designación, ejercer cualquier acto de administración y disposición, con las más amplias facultades. El capital de $2.000.000.- de la sociedad se mantiene inalterable.- En todo lo no modificado, permanecerán plenamente vigentes la escritura social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOAQUIN LABBE DONOSO, Notario, Suplente de la 45° Notaría de Santiago, Paseo Huérfanos 979, piso 7, certifico: Por escritura pública, ante Titular don RENÉ BENAVENTE CASH, Rep. 33.446, de fecha 7 de Agosto de 2019, don MOISÉS DEL CARMEN DOCMAC GÓMEZ, contador auditor, C. de I. 3.344.003-0, quien comparece por sí y en representación de NOR ÁRIDOS S.A, sociedad anónima del giro de su denominación, Rut. 76.101.987-2 ambos domiciliados en Santiago, Huérfanos N° 1044, Oficina 102, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, como únicos accionistas de la sociedad CONSORCIO ANDES MINING SpA, Rut. 76.337.835-7, modifica los siguientes artículos de los estatutos de dicha sociedad: UNO. Sustituye el Artículo Cuarto, del objeto, por el siguiente nuevo artículo: "Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) La extracción, bodegaje, producción, selección, procesamiento, compra, venta, comercialización, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de todo material mineral o materias primas utilizados en procesos para la industria de la construcción, minería o de cualquier proceso industrial, tales como material granulado o de áridos; b) La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, comercialización, distribución exportación, importación y almacenaje de maquinarias, equipos, dispositivos y repuestos, de toda clase de vehículos para uso agrícola, industrial o minero; c) El estudio, diseño, arquitectura asesoría, consultoría y desarrollo de proyectos de ingeniería en obras civiles, medio ambiental, minería, energía, hidráulicos y en general todos aquellos relacionados con las diversas especialidades de la ingeniería; d) La construcción, desarrollo y ejecución de proyectos de ingeniería y obras civiles, urbanizaciones, topografía, movimientos de tierra, minería, energía y otros relacionados; e) La prestación de toda clase de servicios de asesorías, consultorías capacitación, estudios, desarrollo, talleres, cursos, seminarios y elaboración de proyectos profesionales relacionados con las materias antes descritas; f) Inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, títulos de crédito, derechos, acciones o efectos de comercio, de cualquier naturaleza que éstos sean; g) La participación en toda clase de sociedades, sean estas de personas, por acciones, capitales o cuentas en participación, comunidades, cooperativas, sean nacionales o extranjeras, pudiendo constituirlas, integrarlas, modificarlas, adquirir, comprar, ceder o vender derechos sociales, acciones o cuotas de participación, así como participar en la administración pudiendo designar directores, representantes, administradores, gerentes o apoderados; h) La representación de marcas o empresas nacionales o extranjeras relaciones con el objeto social; i) El desarrollo, fabricación, comercialización, compra o venta de todo tipo de diseños o productos de diseño, ya sea industrial, gráfico, textil, arquitectónico, de espacios, publicitario, fotográfico, de ilustración, interactivo, editorial, artístico o digital; y, j) Todo aquello relacionado con el objeto social. DOS. Modificó el Artículo Décimo de la administración, estableciendo que el uso de la razón social y su representación corresponderá a un gerente general designado por los accionistas que representen la mayoría de las acciones con derecho a voto. La designación se hará en junta de accionistas cuya acta se reducirá a escritura pública o derechamente por escritura pública. El gerente general podrá, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, salvo limitación expresa en el título de su designación, ejercer cualquier acto de administración y disposición, con las más amplias facultades. El capital de $2.000.000.- de la sociedad se mantiene inalterable.- En todo lo no modificado, permanecerán plenamente vigentes la escritura social. Demás estipulaciones constan en la escritura señalada. Santiago 14 de Agosto de 2019.