SOCIEDAD DE INVERSIONES GUTI SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de agosto de 2019
- Repertorio
- 24186-2019
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos mil ciento sesenta, subterráneo, Santiago, Suplente del Titular don FELIX JARA CADOT, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, CRISTIAN IGNACIO GARCES ROJAS, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos sesenta y cinco mil guión cero, en su calidad de único accionista de SOCIEDAD DE INVERSIONES GUTI SpA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones setecientos treinta y tres mil novecientos sesenta guión cinco, ambas con domicilio en Loteo Las Vizcachas, lote uno, El Volcán número seis mil doscientos treinta y uno, comuna de Puente Alto y de paso en esta, mayor de edad, y expone: Aumento de capital. Cristián Ignacio Garcés Rojas, en su calidad de único y exclusivo accionista, viene en aumentar el capital de SOCIEDAD DE INVERSIONES GUTI SpA, en la suma de treinta millones de pesos, quedando éste en la suma de ciento veinte millones de pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de doce mil acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El referido aumento de capital, que asciende a la cantidad de treinta millones de pesos es íntegramente suscrito y pagado en este acto por el accionista don Cristián Ignacio Garcés Rojas, ingresando dicha suma a la caja social. Modificar y reemplazar el Artículo Sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Sexto: Capital y Acciones. El capital de la sociedad es la suma de ciento veinte millones de pesos, divididos en diez mil acciones de doce mil pesos cada una, nominativas, de una misma serie, todas de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma señalada en los artículos transitorios”.ii) Modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de ciento veinte millones de pesos, dividido en diez mil acciones de doce mil pesos cada una, nominativas de igual valor cada una, a que se refiere la cláusula sexta de estos estatutos, se suscribe y paga como sigue: a) Cristián Ignacio Garcés Rojas suscribe doce mil acciones que corresponde al cien por ciento del capital y paga en este acto la suma de ciento veinte millones de pesos en dinero efectivo que ingresan a la caja social. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”Demás estipulaciones constan en escritura extractada que consta con el Repertorio N° 24.186-2019. Santiago, 08 Agosto 2019.