PRODUCTOS DEL RAUCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2018
- Notario
- FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
- Domicilio
- San Miguel
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PRODUCTOS DEL RAUCO LIMITADA | socio | 76893969-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 5.382, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: CECILIA ALEJANDRA LEIVA SILVA, Avenida Manuel Rodríguez N°1851, Maipú, de paso en ésta; MARÍA CATALINA MORALES PINZÓN, Gran Avenida José Miguel Carrera N°5620, departamento 1601 B, San Miguel; y don ENRIQUE FRANCISCO BAEZA SEGALI, Décima Avenida N°1240, San Miguel, modificaron sociedad PRODUCTOS DEL RAUCO LIMITADA, RUT N°76.893.969-1, constituida por escritura pública de fecha 16 de Abril de 2018, otorgada ante don R. Alfredo Martin Illanes, Notario Público Titular de la 15 Notaría de Santiago, repertorio número 1600 -2018, cuyo extracto fue inscrito a fojas 29.503 número 15.641 del año 2018, del Registro de Comercio de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, edición número 42.041, de fecha 25 de Abril de 2018, en los siguientes términos: Retiro de socia: MARÍA CATALINA MORALES PINZÓN, por cesión de sus derechos equivalentes 10% del total de los derechos en el haber social de la sociedad, a ENRIQUE FRANCISCO BAEZA SEGALI, quien adquiere para sí, por el precio total de $1.000.000.- pagados al contado y en dinero en efectivo. CECILIA ALEJANDRA LEIVA SILVA vende, cede y transfiere el 60% del total de los derechos en el haber social de la sociedad, a ENRIQUE FRANCISCO BAEZA SEGALI, quien adquiere para sí, por el precio total de $6.000.000.- pagados al contado y en dinero en efectivo. El interés social de queda distribuido de la siguiente forma: CECILIA ALEJANDRA LEIVA SILVA es dueña del 5% de participación social; y ENRIQUE FRANCISCO BAEZA SEGALI es dueño del 95% de participación social.- En todo lo no modificado quedan subsistentes íntegramente las disposiciones del pacto social de la sociedad, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 18 de junio de 2019.