INMOBILIARIA ATACAMA SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2018
- Notario
- PABLO ANDRES SANCHEZ PAREDES
- Domicilio
- Taltal
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRES SANCHEZ PAREDES, Notario Público de Taltal, oficio Arturo Prat N°607, Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, ROBERTO ALFREDO PERUCCI OSORIO, domiciliado en calle Arturo Prat N°714, Taltal y RANIERO AUGUSTO PERUCCI OSORIO, domiciliado en calle Arturo Prat N°708, Taltal; suscribieron escritura pública de compraventa de acciones y derechos y modificación de la Sociedad “INMOBILIARIA ATACAMA SPA”, rol único tributario N°76.896.404-1, la que fuera constituida el 29 de mayo de 2018, ante el Notario y Conservador Interino de Taltal don Pablo Andrés Sánchez Paredes, cuyo extracto fue inscrito a Fjs. 13, N° 12, del Registro de Comercio de Taltal del año 2018, y publicada en el Diario Oficial N°42.071, el 01 de junio de 2018. Según consta en la cláusula TERCERA y CUARTA de la referida escritura pública, don ROBERTO ALFREDO PERUCCI OSORIO, vendió, cedió y transfirió a don RANIERO AUGUSTO PERUCCI OSORIO, la totalidad de las acciones y derechos que le correspondían en la referida Sociedad y que ascienden a la totalidad de 6.000 acciones nominativas, de una misma serie, con un valor nominal de $1.000, cada una y que equivale al 30% de los derechos sociales, en la suma de $6.000.000, que el socio vendedor y cedente declaró recibir a su entera y total conformidad. En virtud de lo anterior; la referida sociedad por acciones pasa a tener la calidad de sociedad unipersonal, quedando como único socio constituyente, don RANIERO AUGUSTO PERUCCI OSORIO, con un total de 20.000 acciones nominativas, de una misma serie, con un valor nominal de $1.000 cada una y que equivale al 100% de los derechos sociales. Conforme a lo anterior, vienen en modificar las clausulas NOVENA y PRIMERA TRANSITORIA del pacto social constitutivo, en la forma que se indica: A) Clausula NOVENA: se modifica en el sentido que la administración, representación y uso del nombre social, corresponderá al único socio don RANIERO AUGUSTO PERUCCI OSORIO, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, anteponiendo la razón social a su firma, con todas y cada una de las facultades indicadas en la ya referida cláusula del primitivo pacto social constitutivo. B) CLAUSULA PRIMERA TRANSITORIA: se modifica en el sentido que el capital social será la suma de $20.000.000, suscrito, pagado y ya ingresado a la caja social, correspondiendo a su único y actual socio don RANIERO AUGUSTO PERUCCI OSORIO, un aporte de $20.000.000, equivalente a 20.000 acciones, nominativas, todas de una misma y única serie, con un valor nominal de $1.000 cada una, equivalente al 100% de las acciones y derechos sociales. En todo lo no modificado por esta escritura, continuará vigente el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Taltal, 19 de agosto de 2019.