Instrumento
- Fecha
- 16 de agosto de 2019
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Iquique
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N° 20.190
Objeto social
Prestación de toda clase de servicios, a la industria y al comercio, sean a personas naturales o jurídicas, en el área transporte de mercaderías; o transporte de objetos delicados; o transporte de dinero, efectos y documentos; planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos de obras materiales e inmateriales; la Importación, exportación, comercialización, compra, venta, con o sin comisión, la producción, transformación, ensamblado, armado y promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, mercaderías, bienes y servicios; la prestación de servicios comerciales e industriales; distribución y representación de empresas nacionales y extranjeras, la realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley mil cincuenta y cinco y sus modificaciones permiten a los usuarios de las Zonas Francas, como así mismo cualquier otra actividad relacionada, complementaria o conexa con las anteriores; la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y)o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos y)o agrícolas; la formación y)o incorporación de y a toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo de naturaleza; la representación o agencia de todo clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras; la sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de los fines indicados, la sociedad podrá asociarse, incorporarse o efectuar inversiones en otras sociedades, cualquiera fuere su naturaleza y, en general efectuar todo tipo de inversiones y toda clase de actos y contratos que estén directa o indirectamente relacionados con los objetivos anteriores, sea que éstos se realicen a través del régimen tributario general o del sistema de zonas francas existentes, en el país y)o en el extranjero
Administración
Exclusivamente JITESH PRAKASH BELANI, quien en su calidad de Administrador podrá actuar con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NÉSTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí: Don JITESH PRAKASH BELANI, calle Eduardo Barrios 224, Iquique, constituyó sociedad por acciones, párrafo 8, Título VII, Libro II, Código Comercio, Ley N° 20.190 año 2007, Ley N° 18.046 y reglamento 3.918. RAZON SOCIAL: MASTER SERVICE SpA, nombre de fantasía " MASTER SpA". OBJETO: Prestación de toda clase de servicios, a la industria y al comercio, sean a personas naturales o jurídicas, en el área transporte de mercaderías; o transporte de objetos delicados; o transporte de dinero, efectos y documentos; planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos de obras materiales e inmateriales; la Importación, exportación, comercialización, compra, venta, con o sin comisión, la producción, transformación, ensamblado, armado y promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, mercaderías, bienes y servicios; la prestación de servicios comerciales e industriales; distribución y representación de empresas nacionales y extranjeras, la realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley mil cincuenta y cinco y sus modificaciones permiten a los usuarios de las Zonas Francas, como así mismo cualquier otra actividad relacionada, complementaria o conexa con las anteriores; la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos y/o agrícolas; la formación y/o incorporación de y a toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo de naturaleza; la representación o agencia de todo clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras; la sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de los fines indicados, la sociedad podrá asociarse, incorporarse o efectuar inversiones en otras sociedades, cualquiera fuere su naturaleza y, en general efectuar todo tipo de inversiones y toda clase de actos y contratos que estén directa o indirectamente relacionados con los objetivos anteriores, sea que éstos se realicen a través del régimen tributario general o del sistema de zonas francas existentes, en el país y/o en el extranjero. ADMINISTRACION: Exclusivamente JITESH PRAKASH BELANI, quien en su calidad de Administrador podrá actuar con amplias facultades. CAPITAL: $30.000.000, dividido en 100 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie, las que representan el 100 % del capital total de la sociedad se suscribe y pagan: Con la suscripción por parte de JITESH PRAKASH BELANI de 17 acciones, por un valor total $5.100.000, que se pagan e ingresan en este acto en la caja social; las restantes 83 acciones correspondientes a $24.900.000 se completaran en el plazo máximo de 3 años, y en la medida que las necesidades sociales lo requieran. DOMICILIO: Iquique.- DURACIÓN: Indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique 16 de Agosto del año 2019.