MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DRA. ARIANA SÁNCHEZ MEDICINA ESTÉTICA Y LÁSER LIMITADA

RUT 76866132-4 CVE 1639407
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2019
Repertorio
23720
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Los socios modifican la cláusula Segunda de los Estatutos Sociales, que alude al objeto de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, capacitaciones y la asesoría técnica en el área de la salud; sin perjuicio de otras atenciones que los socios decidan prestar y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines, ya sea con particulares, entidades públicas, nacionales o extranjeras, como asimismo, el perfeccionamiento científico profesional de sus

Administración

La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma exclusiva a la accionista doña ARIANA CAROLINA SANCHEZ LEMUS, quien, anteponiendo su firma a la razón social podrá obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecute o celebre. Amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia. Certifico: Por escritura pública de fecha 08 de agosto de 2019, Repertorio Nº 23.720, ante mí: doña ARIANA CAROLINA SANCHEZ LEMUS, C.I. 25.108.416-5, y don RICARDO ALFONSO PAVON, C.I. 25.079.117-8, ambos domiciliados en Avenida Macul número 3.700 departamento 903 B, comuna de Macul, Región Metropolitana, modificaron y transformaron “DRA. ARIANA SÁNCHEZ MEDICINA ESTÉTICA Y LÁSER LIMITADA”, RUT: 76.866.132-4, capital: $10.000.000., constituida por escritura pública de 26 de enero de 2018, 3° Notaría de San Miguel de Lorena Elisa Quintanilla León, extracto inscrito a fojas 10.686, N° 6.006 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2018, y publicado en la Edición N° 41.979 del Diario Oficial de fecha 09 de febrero de 2018. Modificación: Razón Social: los socios modifican la cláusula Tercera de los Estatutos Sociales, que alude a la razón social de la sociedad, reemplazándola por la siguiente: “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES DRA. ARIANA SÁNCHEZ LIMITADA”. Modificación: Objeto Social: Los socios modifican la cláusula Segunda de los Estatutos Sociales, que alude al objeto de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, capacitaciones y la asesoría técnica en el área de la salud; sin perjuicio de otras atenciones que los socios decidan prestar y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines, ya sea con particulares, entidades públicas, nacionales o extranjeras, como asimismo, el perfeccionamiento científico profesional de sus socios. c) Las actividades rentistas de capitales mobiliarios en general; d) Tratamientos médicos quirúrgicos; e) Tecnología médica y láser; f) Cuidados terapéuticos; g) Clínica médica y estética; h) Centro de exámenes médicos de laboratorio; i) Centro dental; j) Atención geriátrica, k) Importación y comercialización de productos y equipos médicos y cosméticos, m) En general, desarrollar cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud, del objeto social o se considere conveniente a los intereses sociales, sin limitación de ninguna especie.” Transformación: Los actuales y únicos socios de “DRA. ARIANA SÁNCHEZ MEDICINA ESTÉTICA Y LÁSER LIMITADA” transforman persona jurídica en una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES DRA. ARIANA SÁNCHEZ SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que se pudieren establecer para la celebración de determinados actos y contratos. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, capacitaciones y la asesoría técnica en el área de la salud; sin perjuicio de otras atenciones que los socios decidan prestar y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines, ya sea con particulares, entidades públicas, nacionales o extranjeras, como asimismo, el perfeccionamiento científico profesional de sus socios. c) Las actividades rentistas de capitales mobiliarios en general; d) Tratamientos médicos quirúrgicos; e) Tecnología médica y láser; f) Cuidados terapéuticos; g) Clínica médica y estética; h) Centro de exámenes médicos de laboratorio; i) Centro dental; j) Atención geriátrica, k) Importación y comercialización de productos médicos y cosméticos, m) En general, desarrollar cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud, del objeto social o se considere conveniente a los intereses sociales, sin limitación de ninguna especie. DURACIÓN: indefinida. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma exclusiva a la accionista doña ARIANA CAROLINA SANCHEZ LEMUS, quien, anteponiendo su firma a la razón social podrá obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecute o celebre. Amplias facultades. CAPITAL: $10.000.000.-, dividido en 100 acciones, nominativas, de igual valor, de una misma clase y sin valor nominal, el que ha quedado totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo a la fecha de la escritura, siendo ingresado en caja social en razón de: (Uno) doña ARIANA CAROLINA SANCHEZ LEMUS suscribe 80 acciones, representativas de un 80% del capital social, por la suma de $8.000.000.-, y (Dos) don RICARDO ALFONSO PAVON suscribe 20 acciones, representativas del 20% del capital social, por la suma de $2.000.000.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de agosto de 2019.