MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

QUEZADA AUSSET SpA

RUT 76780539-K CVE 1638503
Fecha instrumento
8 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2019
Notario
VALENTIN RAFAEL REYES BERTOLONE
Domicilio
Talca

Administración

- modificar y reemplazar la cláusula: A continuación del ARTICULO DÉCIMO, de la escritura de constitución de sociedad singularizada en la cláusula precedente, referente a la administración de la sociedad, denominado TITULO TERCERO, reemplazándolo por el siguiente: “TITULO TERCERO. ARTICULO UNDÉCIMO: La administración de la sociedad corresponderá a la persona o personas que designen por la mayoría simple de las acciones suscritas, en junta ordinaria o extraordinaria de accionistas, que podrá denominarse Gerente, cuya acta deberá reducirse a escritura pública. Dicha escritura deberá inscribirse en el Registro de Comercio respectivo. Con todo, mientras no se designe a la o las personas en junta de accionistas será suficiente la designación que se hace en el artículo primero transitorio de este instrumento

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALENTIN RAFAEL REYES BERTOLONE, Notario Público Talca, suplente de la titular ANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA, con domicilio en Talca calle 2 Oriente N°1.139, certifico: que por escritura pública de fecha 08 agosto 2019, ante mí, JUAN CARLOS QUEZADA APABLAZA, C.I. 9.821.419-4, JACQUELINE AUSSET GARCÍA, C.I. 8.321.398-1, DIEGO ALFONSO QUEZADA AUSSET, C.I. 18.936.582-9, y SEBASTIAN ANDRES QUEZADA AUSSET, C.I. 19.889.644-6, todos domiciliados en calle 1 Sur número 690, oficina 1217, Edificio Plaza, Talca. Modificaron sociedad por acciones cuya razón social es “QUEZADA AUSSET SpA”, en los siguientes términos: Modificación de Administración.- modificar y reemplazar la cláusula: A continuación del ARTICULO DÉCIMO, de la escritura de constitución de sociedad singularizada en la cláusula precedente, referente a la administración de la sociedad, denominado TITULO TERCERO, reemplazándolo por el siguiente: “TITULO TERCERO. ARTICULO UNDÉCIMO: La administración de la sociedad corresponderá a la persona o personas que designen por la mayoría simple de las acciones suscritas, en junta ordinaria o extraordinaria de accionistas, que podrá denominarse Gerente, cuya acta deberá reducirse a escritura pública. Dicha escritura deberá inscribirse en el Registro de Comercio respectivo. Con todo, mientras no se designe a la o las personas en junta de accionistas será suficiente la designación que se hace en el artículo primero transitorio de este instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 16 de agosto de 2019.