CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMPRESA DE TRANSPORTES SIBAYEÑOS LIMITADA

CVE 1637993
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2019
Notario
CARLOS VILA MOLINA
Domicilio
Iquique

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
IQUIQUE
Duración
5 años prorrogables

Objeto social

a) El transporte de carga y de pasajeros intercomunal, interprovincial, nacional e internacional; b) El transporte de todo tipo de carga, servicio de transporte terrestre para el comercio, la industria y minería, servicios de agencia de viajes y turismo, envío y entrega de encomiendas, giros y todo tipo de documentos, en vehículos propios, arrendados o de terceros, la venta de pasajes para viajes nacionales e internacionales, servicios de logística, y en general las demás actividades conexas y)o complementarias con las anteriores; c) La compra, venta y arrendamiento de todo tipo de vehículos, herramientas, maquinarias, repuestos y accesorios para satisfacer objeto social; d) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución, comercialización, y representación por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías, vehículos, productos, bienes, insumos, materiales, repuestos de todo tipo, maquinaria para la pequeña y gran minería, sea al por mayor y)o al detalle, tanto en Zona Franca como en zona de extensión y)o en el resto del país; e) Invertir en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros; f) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y g) La realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados; h) Y en general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores; i) Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libre, pudiendo para ello actuar bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros regímenes aduaneros especiales, como así mismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la Republica de Chile; estableciéndose además que la sociedad, en general, podrá realizar, sin perjuicio de lo anterior, cualquier otra actividad Comercial o Industrial que los Socios acuerden a futuro, incluyendo la participación en otras sociedades que tenga o no el mismo

Administración

corresponderá a JOSÉ CLAUDIO MARÍN ARGEL.- quien anteponiendo su nombre y firma la representará

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS VILA MOLINA, Notario Público Iquique, Patricio Lynch N°525, certifica: por escritura el 18 julio 2019 ante mí: JOSÉ CLAUDIO MARÍN ARGEL, chileno, transportista, AUGUSTO DANIEL PÉREZ CHALLAPA, chileno, ingeniero, GUILLERMINA JULIA CHALLAPA MAMANI, chilena, comerciante, OSMAN ENRIQUE CHIQUE CASTILLO, peruano, transportista, y DANIEL ALDABA CARHUARICRA, peruano, transportista, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada; Razón empresarial: “EMPRESA DE TRANSPORTES SIBAYEÑOS LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía de “SIBAYEÑOS LTDA.”.- Objeto: a) El transporte de carga y de pasajeros intercomunal, interprovincial, nacional e internacional; b) El transporte de todo tipo de carga, servicio de transporte terrestre para el comercio, la industria y minería, servicios de agencia de viajes y turismo, envío y entrega de encomiendas, giros y todo tipo de documentos, en vehículos propios, arrendados o de terceros, la venta de pasajes para viajes nacionales e internacionales, servicios de logística, y en general las demás actividades conexas y/o complementarias con las anteriores; c) La compra, venta y arrendamiento de todo tipo de vehículos, herramientas, maquinarias, repuestos y accesorios para satisfacer objeto social; d) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución, comercialización, y representación por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías, vehículos, productos, bienes, insumos, materiales, repuestos de todo tipo, maquinaria para la pequeña y gran minería, sea al por mayor y/o al detalle, tanto en Zona Franca como en zona de extensión y/o en el resto del país; e) Invertir en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; f) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y g) La realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados; h) Y en general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores; i) Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libre, pudiendo para ello actuar bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros regímenes aduaneros especiales, como así mismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la Republica de Chile; estableciéndose además que la sociedad, en general, podrá realizar, sin perjuicio de lo anterior, cualquier otra actividad Comercial o Industrial que los Socios acuerden a futuro, incluyendo la participación en otras sociedades que tenga o no el mismo giro. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto; la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes, como cualquier otra actividad que los socios acuerden; el desempeño de agencias, comisiones y representaciones de empresas extranjeras en Chile o de empresas chilenas en el extranjero; y, la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes y en general, cualquier otra actividad que los constituyentes acuerden desarrollar.- Domicilio: IQUIQUE, sin perjuicio de agencias, sucursales o establecimientos en resto país o en el extranjero.- Duración: 5 años prorrogables.- Capital: $4.000.000, cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: JOSÉ CLAUDIO MARÍN ARGEL, $800.000 correspondiente al 20% del capital común, AUGUSTO DANIEL PÉREZ CHALLAPA, $800.000 correspondiente al 20% del capital común, OSMAN ENRIQUE CHIQUE CASTILLO, $800.000 correspondiente al 20% del capital común, DANIEL ALDABA CARHUARICRA, $800.000 correspondiente al 20% del capital común, doña GUILLERMINA JULIA CHALLAPA MAMANI $800.000 correspondiente al 20% del capital común.- ADMINISTRACIÓN: corresponderá a JOSÉ CLAUDIO MARÍN ARGEL.- quien anteponiendo su nombre y firma la representará.- Demás estipulaciones contrato extractado.- Iquique, 14 Agosto 2019.-

Preguntas frecuentes

¿Qué se publicó sobre EMPRESA DE TRANSPORTES SIBAYEÑOS LIMITADA en el Diario Oficial?

El Diario Oficial publicó el 17 de agosto de 2019 un extracto de constitución de EMPRESA DE TRANSPORTES SIBAYEÑOS LIMITADA, en la Sección 5 (Empresas y Cooperativas).

¿Ante qué notario se otorgó la escritura?

La escritura del 18 de julio de 2019 se otorgó ante Carlos Vila Molina.

¿Cuál es el capital de EMPRESA DE TRANSPORTES SIBAYEÑOS LIMITADA?

El extracto indica un capital de $4.000.000 CLP.

¿Dónde se puede ver el documento oficial?

El extracto original está disponible en PDF en el sitio del Diario Oficial (diariooficial.interior.gob.cl), edición del 17 de agosto de 2019.