CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CRYALMINING SpA

CVE 1638155
Capital
$4.000 CLP
Fecha instrumento
13 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de agosto de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43a Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La extracción de minerales mediante maquinarias y equipos mineros, exploración, reconocimiento, explotación de pertenencias mineras que arriende, que se le concedan o que adquiera, a cualquier título; y el desarrollo de cualquiera operación comercial o industrial relacionada con la actividad minera, pudiendo formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración, ejecutar todos los actos o contratos conducentes al fin social; podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; b) La prestación de servicios de asesorías en el ámbito de la minería; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. e) Constituir y)o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida separada e indistintamente por don ALEXIS ALEJANDRO ACEVEDO SILVA y CRISTIAN ALEJANDRO FONSECA SALAZAR, ya individualizados, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43a Notaría Santiago, Hue?rfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura publica de fecha 13/08/2019 suscrita ante mi?, Don ALEXIS ALEJANDRO ACEVEDO SILVA, domiciliado en calle Misael Escuti número cero mil cuatrocientos cincuenta, Comuna de Maipú, Región Metropolitana y don CRISTIAN ALEJANDRO FONSECA SALAZAR, domiciliado en Casas de Lo Espejo, número dos mil setecientos once, Comuna de Maipú, Región Metropolitana: constituyen Sociedad por Acciones.- Razón social: “CRYALMINING SpA”. Objeto: a) La extracción de minerales mediante maquinarias y equipos mineros, exploración, reconocimiento, explotación de pertenencias mineras que arriende, que se le concedan o que adquiera, a cualquier título; y el desarrollo de cualquiera operación comercial o industrial relacionada con la actividad minera, pudiendo formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración, ejecutar todos los actos o contratos conducentes al fin social; podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; b) La prestación de servicios de asesorías en el ámbito de la minería; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. e) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida separada e indistintamente por don ALEXIS ALEJANDRO ACEVEDO SILVA y CRISTIAN ALEJANDRO FONSECA SALAZAR, ya individualizados, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: $4.000.000 dividido en 4.000 acciones sin valor nominal y de una misma serie, suscritas y pagadas. Duración: indefinido.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 14 de Agosto de 2019.-