AGRICOLA LOS CORREA SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2013
- Repertorio
- 9978-2013
- Comuna
- Rancagua ERNESTO MONTOYA PEREDO
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40680 del 11 de octubre de 2013
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalXIMENA CARMONA TORRES, Notario suplente del Titular ERNESTO MONTOYA PEREDO Rancagua, Campos 377, certifica: Por escritura hoy ante mi, María Piedad Alcalde Moreno; y Juan Pablo Correa Correa ambos domiciliados en Julio Silva número 581 Olivar, Sexta Región; acordaron modificar AGRICOLA LOS CORREA SpA, Rol Unico Tributario número 76.301.331-6, constituida conforme a las disposiciones de la Ley 18.046, segun escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2013 otorgada ante el Notario Público, titular de la Tercera Notaría de Rancagua ERNESTO MONTOYA PEREDO, número de repertorio 9.978-2013, inscrita en extracto a fojas 1.645 número 1.371 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Rancagua del año 2013 se publicó en el Diario Oficial número 40.680 de fecha 11 de octubre de 2013.- RECTIFICADA mediante escritura pública de fecha 1° de abril del año 2014, ante el Notario Público de Rancagua Ernesto Montoya Peredo, número de repertorio tres 3.938-2014, extracto se inscribió a fojas 426 número 379 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Rancagua, correspondiente al año 2014 publicada en el Diario Oficial número 40.840, con fecha 24 de abril del mismo año, TRANSFORMADA a AGRICOLA LOS CORREA SpA, por escritura pública de fecha 18 junio de 2018 inscrita a fojas 543 número 401 del Registro de Comercio del Conservado de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 2018.- Transformación publicada en el diario oficial con fecha 11 de julio de 2018, en los siguientes términos: UNO.- Los Socios accionista, acuerdan modificar la partición accionaria según detalle en escritura extractada.- DOS.- Los Socios accionista, acuerdan modificar la cláusula número QUINTO de la escritura de Constitución de sociedad en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA PIEDAD ALCALDE MORENO, y/ó don JUAN PABLO CORREA CORREA, quienes actuando separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la obligarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario, y en especial todas aquellas facultadades contenidas en la clásula QUINTO de la escritura de Constitución sociedad.- En todo lo no modificado seguirán vigentes las cláusulas correspondientes a la constitución y posterior transformación de la sociedad hasta nueva modificación.-Demás estipulaciones escritura extractada, 07 de Agosto de 2019.-