FCAB INGENIERÍA Y SERVICIOS 2 LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2019
- Notario
- MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA
- Oficio
- Décima Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| GLORIA FLORES DURAN | representante | 10665926-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA, abogado, Notario Público, Titular de la Décima Octava Notaria de Santiago, domiciliada en Huérfanos seiscientos sesenta y nueve piso ocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de agosto de 2019, Rep. 10.501/2019, ante mí, GLORIA FLORES DURAN, RUT N° 10.665.926-5, en representación de ANTOFAGASTA RAILWAY COMPANY P.L.C. y de SERVICIOS DE TRANSPORTE INTEGRADOS LIMITADA; todos domiciliados Isidora Goyenechea 3520, piso 4, Las Condes, Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “FCAB INGENIERÍA Y SERVICIOS 2 LIMITADA”, inscrita a fojas 733V, N°481 del Registro de Comercio de Antofagasta del año 2019, procedieron a sanear expresamente, en los términos de la ley 19.499, el vicio formal que adolecía la constitución de la sociedad otorgada por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2019 en esta misma notaría, y cuyo extracto fue inscrito a fojas 733V, N°481 del Registro de Comercio de Antofagasta del año 2019. Mediante la escritura que se extracta por el presente se sanea el vicio de publicación tardía del extracto de constitución, contraviniendo lo señalado por el artículo 3 de la ley 3.918, esto es, que el extracto de constitución debe ser publicado dentro del plazo señalado en el artículo 354 del Código de Comercio, es decir, antes de expirar los 60 días siguientes a la fecha de la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de agosto de 2019.-