Energía y Servicios South America SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2019
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Oficio
- 16° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público Titular de la 16° Notaría de Santiago, con domicilio en San Sebastián 2750, Las Condes, Santiago, certifica: con fecha 24 de julio de 2019, Rep. 5.275/2019, ante mi suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guíñez, compareció ENEL GREEN POWER S.p.A., accionista único de la sociedad Energía y Servicios South America SpA (en adelante, la “Sociedad”) inscrita a fojas 77.733 número 41.853 del año 2017 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, quien extendió escritura pública de Modificación de Estatutos, Rep. 5.275/2019. En esta modificación, (i) se modificó el régimen de administración de la Sociedad, reemplazando al directorio por un Administrador Único, quien también se denominará Gerente General, función que podrá ser ejercida por una persona natural o jurídica y quien estará investido de las más amplias facultades de administración que en derecho correspondan, sin límite alguno, pudiendo delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas. Como consecuencia de la modificación anterior, se reemplaza el Título Tercero de los Estatutos de la Sociedad relativo al régimen de administración de la Sociedad, a fin de establecer que la Sociedad será administrada por un Administrador Único y/o Gerente General, único órgano societario de administración de la Sociedad, quien será elegido por los accionistas y cuya funciones comprenderán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo delegar parte de sus facultades, y quien estará legalmente investido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue la Junta. Adicionalmente, (ii) se adecúan todas las disposiciones no eliminadas del Estatuto que hagan referencia al Directorio, debiendo entenderse que dicha referencia corresponde al Administrador Único y/o Gerente General. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 09 de agosto 2019.