MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AE PROMOCIONES LIMITADA

RUT 76638770-5 CVE 1637189
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de agosto de 2019
Notaría
Peñalolén

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2019
Notario
PEDRO PARRA AHUMADA
Oficio
Primera Notaría Peñalolén
Comuna
Peñalolén

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO PARRA AHUMADA, Notario Público Titular de la Primera Notaría Peñalolén, certifica que: Por escritura pública de 02 de Agosto de 2019, ante, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Peñalolén, don LUIS ANDRES ERAZO TORRES, Las Vegas número seis mil ochocientos noventa y tres, comuna de Peñalolén; INES DEL CARMEN ERAZO MARCOS, calle Limache número ciento veintisiete B, departamento cuarenta y tres, comuna de Ñuñoa; MARITZA MARLEN SOTO MORALES, Las Vegas número seis mil ochocientos noventa y tres, comuna de Peñalolén, modifican Sociedad “AE PROMOCIONES LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 11 de Agosto de 2006, ante Notario de Santiago doña Nelly Dunlop Rodolffi, inscrita Fs. 32730 Nº 22958, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2006. Publicada en el diario oficial de fecha 05 de Septiembre de 2016, modificada por escritura pública de fecha 22 de Diciembre de 2017, inscrita a fojas 98770 N°53264, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2017, anotada al margen inscripción social, publicada en el Diario Oficial de fecha 05 de Enero de 2016, forma siguiente: don Luis Andrés Erazo Torres, vende cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 98 % del capital a doña Maritza Marlen Soto Morales, quien compra, acepta y adquiere para sí, el precio de $4.000.000.- que se pagó con anterioridad a don Luis Andrés Erazo Torres. Como consecuencia la sociedad queda formada por don Luis Andrés Erazo Torres, con el 1%, de los derechos sociales, doña Inés Del Carmen Erazo Marcos, con el 1%, de los derechos sociales, doña Maritza Marlen Soto Morales, con 98% de los derechos sociales. - En lo no modificado se entiende plenamente vigentes cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractan. Santiago, 13 Agosto de 2019.