MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Grupo Latamco Limitada

RUT 76815969-6 CVE 1636777
Fecha instrumento
9 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
cuadragésima tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la compra y venta de bienes muebles, de ropa deportiva y ropa en general, así como artículos deportivos; b) La compra venta al por mayor y menor, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y)o reparación de todo tipo de bienes corporales e incorporales muebles o inmuebles; c) La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos, accesorios o repuestos, así como la representación en Chile de agencias, franquicies o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; así mismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución en Chile o en el extranjero, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, embalaje o fabricación; d) La fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con la ropa deportiva e interior, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, de materias primas de los productos que elabore la sociedad; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la cuadragésima tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Santiago, con oficio en calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago certifico: Por escritura pública de fecha veinticinco de julio de dos mil diecinueve, otorgada ante mí: doña BARBARA SUIT JACOB, domiciliada para estos efectos en calle Cerro El Plomo número cinco mil quinientos cincuenta y cinco, oficina mil setecientos seis, comuna de Las Condes, y don PHILLIP HARBOE GALLEGUILLOS, domiciliado en Avenida los Maderos número cuarenta y uno, Colina, Región Metropolitana,transformaron la sociedad INVERSIONES GRUPO LATAMCO LIMITADA,” en una sociedad por acciones que se pasó a denominar “INVERSIONES GRUPO LATAMCO SpA.” y que se regirá por estatutos sociales que a continuación se extractan. Nombre: “INVERSIONES GRUPO LATAMCO SpA.”, pudiendo utilizar también “ Grupo Latamco SpA” , Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la compra y venta de bienes muebles, de ropa deportiva y ropa en general, así como artículos deportivos; b) La compra venta al por mayor y menor, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de todo tipo de bienes corporales e incorporales muebles o inmuebles; c) La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos, accesorios o repuestos, así como la representación en Chile de agencias, franquicies o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; así mismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución en Chile o en el extranjero, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, embalaje o fabricación; d) La fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con la ropa deportiva e interior, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, de materias primas de los productos que elabore la sociedad; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad es de un millón de pesos, dividido en mil acciones, de una serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en dinero efectivo y con anterioridad a este acto. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de agosto de 2019.-