Festivales Fauna SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES RIEUTORD ALVARADO, titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N°65, Segundo Piso, Comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 30 de julio de 2019, otorgada ante mí, ROBERTO PARRA PEREZ-GARCIA, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número quince millones trescientos treinta y nueve mil trescientos noventa y tres guion uno, JUAN ANDRES ECHEVERRIA CORREA, chileno, casado, arquitecto, cédula de identidad número quince millones seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho guion dos, y CAMILA IGNACIA GREENE GARCIA, chilena, casada, artista visual, cédula de identidad número quince millones trescientos veinte mil diez guion seis, todos en representación, según se acreditará, de GRUPO FAUNA SpA, sociedad del giro administración de sociedades, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve guion cero, todos domiciliados en calle Merced número ciento cincuenta y dos, piso quinto, comuna y ciudad de Santiago, entidad que, en su calidad de único y actual accionista de la sociedad FESTIVALES FAUNA SpA, circunstancia que constaté por registro de accionistas que tuve a la vista, y detentando el 100% de las acciones con derecho a voto, modificó los estatutos de dicha sociedad, inscrita a fojas 55.070 N°29.789 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, cambiando el régimen de administración de la sociedad y estableciendo que la administración de la misma y el uso de la razón social corresponderá, de manera conjunta, a ROBERTO PARRA PEREZ GARCIA y a JUAN ANDRES ECHEVERRIA CORREA, sustituyendo el artículo décimo primero permanente de sus estatutos. El capital de Festivales Fauna SpA, íntegramente suscrito y pagado, asciende a la suma de $1.000.000.-. Demás estipulaciones constan instrumento extractado. Santiago, 31 de julio de 2019. Andrés Rieutord Alvarado, Notario.