CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CABELLO Y MONTERO LIMITADA

RUT 15456384-9 CVE 1636701
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2019
Notario
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
Oficio
Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“ LTDA”
Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, suplente del Titular don FELIX JARA CADOT. Hoy ante mí 09/08/2019 Rep. 24318-2019. JUAN PABLO CABELLO MONTERO ingeniero en telecomunicaciones C.I. 15.456.384-9 y JUAN PABLO MONTERO MELENDEZ ingeniero industrial C.I. extranjero 25.726.136-0 ambos domiciliados para estos efectos en en calle Huérfanos número mil ciento sesenta, Of.1208 constituyeron sociedad de responsabilidad limitada Rep. 24318-2019: Nombre: “CABELLO Y MONTERO LIMITADA”, pudiendo usar también para fines comerciales y publicitarios, el nombre de fantasía. “ LTDA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Lavado de toda clase de vehículos y engrase. Reparación, revisión y mantenimiento de automóviles, camiones, autobuses, automóviles de uso especial, remolques, chasis, carrocería, motocicletas y bicicletas, limpieza de tapices de auto, limpieza de interiores de casa, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos. Capital: $2.000.000.- pagados al contado en dinero efectivo de la siguiente manera: JUAN PABLO CABELLO MONTERO $1.000.000 que equivale al 50% del capital social, JUAN PABLO MONTERO MELENDEZ $1.000.000.-que equivale al 50% del capital social. Administración y representación de la sociedad corresponderá a ambos socios en conjunto y/o separadamente, amplias facultades, forma indicada escritura. Duración: 5 años. Domicilio: Santiago, sin perjuicio sucursales y agencias país y extranjero Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de Agosto de 2019. A.A.A.B. N. P. S.