CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS SANTA MARTA LIMITADA

CVE 1636278
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Temuco
Duración
diez años contados desde la fecha de instrumento que extracto, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de un año cada uno, en forma que establece pacto social

Objeto social

El objeto de la sociedad es exclusivamente la prestación de toda clase de servicios médicos y asesorías en la materia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2019, otorgada ante mí; doña XIMENA MARTA CEA BAHAMONDE y don MARCELO ORLANDO CALDERARA BURGOS, ambos domiciliados en Temuco, calle José Bunster número mil ciento sesenta, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “SERVICIOS MÉDICOS SANTA MARTA LIMITADA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “Santa Marta Ltda.”.- Objeto: El objeto de la sociedad es exclusivamente la prestación de toda clase de servicios médicos y asesorías en la materia.- Domicilio: la ciudad de Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, representaciones, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero.- Duración: diez años contados desde la fecha de instrumento que extracto, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de un año cada uno, en forma que establece pacto social.- Capital: $500.000.- el que será aportado y pagado por los socios siguiente forma y proporciones: i) doña Ximena Marta Cea Bahamonde aporta su industria personal, dentro del ámbito de su profesión, aporte industrial que los socios aprecian convencionalmente en la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, correspondiéndole una participación de un cincuenta por ciento de los derechos sociales; y, ii) don Marcelo Orlando Calderara Burgos aporta su industria personal, dentro del ámbito de su profesión, aporte industrial que los socios aprecian convencionalmente en la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, correspondiéndole una participación de un cincuenta por ciento de los derechos sociales. Administración y el uso de su razón social corresponderán a doña Ximena Marta Cea Bahamonde y a don Marcelo Orlando Calderara Burgos, actuando individualmente. Facultades en escritura.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 09 de agosto de 2019.-