LITIGIUM ASESORÍAS E INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de junio de 2019
- Notario
- Gloria Ortiz Carmona
- Oficio
- Vigésimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGloria Ortiz Carmona, abogado, Notario Público de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Compañía de Jesús Nº 1068, locales 391 y 395, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don ESTEBAN ALEJANDRO BARRA PONCE, domiciliado en Paseo Huérfanos Nº 1147, oficina 638, comuna de Santiago, Región Metropolitana; don CHRISTIAN ALBERTO ESPINOZA ZAVALA, domiciliado en calle Rey Gustavo Adolfo Nº 740, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; y doña KATHERINE ISABEL ARMIJO CONTRERAS, domiciliada en Gran Avenida Nº 6.300, departamento 34 - C, comuna de San Miguel, Región Metropolitana; modificaron la sociedad responsabilidad limitada denominada “LITIGIUM ASESORÍAS E INVERSIONES LIMITADA”, cuyo extracto fue inscrito a fojas 39.549 Nº 26.475 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013 y publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de 25 de mayo de 2013. Se modificó en el siguiente sentido: don CHRISTIAN ALBERTO ESPINOZA ZAVALA, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, acciones e interés en la sociedad, ascendentes al 20% del capital social, a doña KATHERINE ISABEL ARMIJO CONTRERAS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $1.000.000, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la venta y cesión, a contar de esta fecha son únicos socios de la sociedad, don ESTEBAN ALEJANDRO BARRA PONCE, con una participación del 80% y doña KATHERINE ISABEL ARMIJO CONTRERAS, con una participación del 20%. La administración, representación legal y uso de la razón social corresponderá, a partir de la suscripción de la presente escritura que se extracta, indistintamente, actuando en forma individual y/o separada, a los socios don ESTEBAN ALEJANDRO BARRA PONCE y doña KATHERINE ISABEL ARMIJO CONTRERAS, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representarán con las más amplias facultades. En todo lo que no se ha modificado, continúan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2019.