MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GOMEZ Y GOMEZ SpA

RUT 76835041-8 CVE 1635958
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
8 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Luis Sáiz del Campo Notario Público Titular de la 28° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Recoleta N° 377, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 08 de agosto de 2019, ante mí, don ALEJANDRO SALVADOR PICHARA PICHARA, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad 6.288.634-K, domiciliado en calle Humorista Carlos Helo, número setecientos treinta y uno, comuna de Recoleta; don CARLOS RAYNER GOMEZ MAMANI, boliviano, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número 23.422.800-5, domiciliado en calle Alberto Figueroa, número cuatrocientos setenta, comuna de Recoleta; doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA, boliviana, soltera, cédula de identidad para extranjeros número 24.797.758-9, domiciliada en calle Alberto Figueroa, número cuatrocientos setenta, comuna de Recoleta, modifican “PICHARA Y GOMEZ SpA”, Rol único Tributario número 76.835.041-8, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 4973, número 2784 del año 2018 y se publicó en el diario oficial con fecha 25 enero 2018. La modificación consiste en que, por compraventa de acciones que da cuenta la escritura extractada, los únicos y actuales accionistas de la sociedad son don CARLOS RAYNER GOMEZ MAMANI y doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA, quienes acuerdan modificar la ARTÍCULO QUINTO del pacto social, en los siguientes términos: "El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.000.000 (dos millones de pesos) dividido en 20 (veinte) acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. El capital de la Sociedad es aportado de la siguiente manera; doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA aporta al capital social la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), con lo que sus derechos son equivalentes al 50% (cincuenta por ciento) del capital social; don CARLOS RAYNER GOMEZ MAMANI aporta al capital social la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), con lo que sus derechos son equivalentes al 50% (cincuenta por ciento) del capital social. El capital de la Sociedad se suscribe y paga íntegramente de conformidad al artículo primero transitorio de los Estatutos, en razón de lo anterior, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado”.- Del mismo modo y de común acuerdo vienen en modificar el ARTÍCULO PRIMERO de los estatutos, en lo que respecta al Nombre y Razón Social, modificándolo y quedando su tenor en los siguientes términos: “Nombre. El nombre de la sociedad por acciones será “GOMEZ Y GOMEZ SpA”, en adelante la “Sociedad”, la que podrá operar en Chile o en el extranjero bajo esa razón social y/o bajo el nombre de fantasía “G Y G SpA”.- Del mismo modo, modifican EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO del pacto social, en los siguientes términos: “Suscripción y Pago del Capital. El capital social, ascendente a $2.000.000 (dos millones de pesos), dividido en 20 (veinte) acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, se suscriben íntegramente por los socios doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA y don CARLOS RAYNER GOMEZ MAMANI, quienes pagan y suscriben en este acto, al contado y en dinero efectivo.” Del mismo modo y de común acuerdo, vienen en modificar el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO, modificándolo y quedando su tenor en los siguientes términos: “Designación de Administradores. Los Administradores de la Sociedad serán doña ANAÍ SOLEDAD GOMEZ YUJRA y don CARLOS RAYNER GOMEZ MAMANI, ya individualizados, que podrán actuar conjunta y/o separadamente, quienes tendrán las facultades indicadas en el artículo séptimo de los Estatutos de la Sociedad” Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 08 de agosto del 2019.