CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GESTION EN ADMINISTRACION LLAIMA LIMITADA

CVE 1636238
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de agosto de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2019
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
AGRUPACION DE COMUNAS DE TEMUCO

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Temuco, República de Chile
Duración
La sociedad empezará a regir con la fecha de este instrumento y tendrá una duración de 5 años. Este plazo se prorrogará automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si alguna de las socias manifiesta su voluntad de no perseverar en la sociedad y no renovar el pacto social una vez vencido el período de vigencia correspondiente, mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto de constitución social en el Registro de Comercio respectivo

Objeto social

el desarrollo, gestión y asesorías en proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción, inmobiliarios, forestales y agrícolas; el arrendamiento de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, fondos mutuos, pudiendo invertir y explotar los frutos de las inversiones, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; y toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden, pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, ABOGADO, NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA AGRUPACION DE COMUNAS DE TEMUCO, PADRE LAS CASAS, MELIPEUCO, CUNCO, VILCUN Y FREIRE, CON OFICIO EN TEMUCO, CALLE ANTONIO VARAS Nº979, CERTIFICO: POR ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 02 DE AGOSTO DE 2019, SUSCRITA ANTE MI NOTARIO SUPLENTE MARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO, doña DOMINIQUE SOPHIE DUBOIS HERRERA y doña DENISE SOLANGE DUBOIS HERRERA ambas domiciliadas en calle Antonio Varas N° 687 Oficina 1407 de la ciudad y comuna de Temuco; constituyeron sociedad responsabilidad limitada.- Razón social: “GESTION EN ADMINISTRACION LLAIMA LIMITADA”, pudiendo emplear la palabra “LIMITADA” abreviada por “LTDA.”. Administración, representación y uso razón social corresponderá a don LORENZO ANDRES DUBOIS ENRIQUEZ y a don LORENZO GERMAN IGNACIO DUBOIS HERRERA, quienes actuando individual e indistintamente cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos y negocios jurídicos que celebre por ella.- Capital: $1.000.000.-, que las socias aportan en la siguiente forma: a) DOMINIQUE SOPHIE DUBOIS HERRERA, la suma total de $500.000 que entera en este acto en caja social; y b) DENISE SOLANGE DUBOIS HERRERA, la suma total de $500.000, que entera en este acto en caja social. Socias limitan responsabilidad a sus aportes.- Objeto social: el desarrollo, gestión y asesorías en proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción, inmobiliarios, forestales y agrícolas; el arrendamiento de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, fondos mutuos, pudiendo invertir y explotar los frutos de las inversiones, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; y toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden, pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas.- Duración: La sociedad empezará a regir con la fecha de este instrumento y tendrá una duración de 5 años. Este plazo se prorrogará automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si alguna de las socias manifiesta su voluntad de no perseverar en la sociedad y no renovar el pacto social una vez vencido el período de vigencia correspondiente, mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto de constitución social en el Registro de Comercio respectivo. Domicilio: Temuco, República de Chile, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Temuco, 09 de Agosto de 2019.-