COMERCIAL VEDESETA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2019
- Notario
- MARÍA LUISA VERA JERALDO
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.734.717.175 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COMERCIAL VEDESETA LIMITADA | socio | 81017100-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA LUISA VERA JERALDO, Notario Público Suplente, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 06/08/2019 Repertorio número 12.349/2019, ante mí, don RENATO EMANUELE ARRIGONI LÓPEZ; doña PAOLA PATRICIA ARRIGONI LÓPEZ; doña MARIANGELA ARRIGONI LÓPEZ; doña LILIANA ARRIGONI LÓPEZ; don VITTORIO ARRIGONI GUGLIELMUCCI; doña DINA ARRIGONI CAMMAS; doña EMILIA ARRIGONI CAMMAS; don GIANCARLO GUIDO ARRIGONI GUGLIELMUCCI; don ITALO ARRIGONI RAPUZZI; don DANTE RAÚL ARRIGONI CAMMAS; don ANGELO ARRIGONI RAPUZZI; y don RENZO YURI ARRIGONI GUGLIELMUCCI, todos domiciliados, para estos efectos en Avenida El Bosque Norte Nº 0177, piso 18, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos socios de la sociedad COMERCIAL VEDESETA LIMITADA, RUT: 81.017.100-6, constituida por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 1943, otorgada en la notaria de Santiago de don Pedro Cuevas. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 2.755 número 2.250 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1943 y publicada en el Diario Oficial el día 30 de Diciembre del mismo año. La sociedad ha sido objeto de modificaciones siendo la última, la que consta por escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal y Adjudicación de fecha 14 de diciembre del año 2017, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, en donde se liquidó la comunidad de bienes surgida entre don Roberto Arrigoni Rapuzzi y doña María Liliana López Morales al momento de sustituirse el régimen de sociedad conyugal por el de separación total de bienes, adjudicándose don Roberto Arrigoni Rapuzzi, los derechos de la sociedad mencionada anteriormente, equivalentes al 11,11%, lo anterior consta debidamente anotado al margen de la inscripción de la sociedad a fojas 2755 número 2250 del año 1943 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Posteriormente, el socio, don Roberto Arrigoni Rapuzzi, falleció el día 21 de diciembre del año 2017, cuya Posesión Efectiva Testada fue tramitada en el 02º Juzgado Civil de Santiago, causa Rol V-84-2018, quedando la sucesión de don Roberto Arrigoni Rapuzzi compuesta por las siguientes personas: doña María Liliana López Morales, doña Paola Patricia Arrigoni López, doña Mariangela Arrigoni López, doña Liliana Arrigoni López, don Renato Emanuele Arrigoni López, doña Caterina Andrea Lizana Arrigoni, doña Michela Sofía Lizana Arrigoni, don Lorenzo Antonio Lizana Arrigoni, doña Roberta Aurora Peñafiel Arrigoni, don Luciano Guido Peñafiel Arrigoni, don Emiliano Augusto Peñafiel Arrigoni, doña Vanesa Calcagno Arrigoni, don Benjamín Calcagno Arrigoni y doña Camila Calcagno Arrigoni. Luego, por escritura pública de Partición de Herencia de los bienes quedados al fallecimiento de don Roberto Arrigoni Rapuzzi, de fecha 8 de Mayo del año 2019, otorgada en la notaria de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, don RENATO EMANUELE ARRIGONI LÓPEZ, doña PAOLA PATRICIA ARRIGONI LÓPEZ, doña MARIANGELA ARRIGONI LÓPEZ y doña LILIANA ARRIGONI LÓPEZ, se adjudicaron el 11,11% de los derechos de la sociedad Comercial Vedeseta Limitada, correspondiéndole a cada uno el 2,7775%. Como consecuencia de lo anteriormente indicado, quedan como únicos socios de COMERCIAL VEDESETA LIMITADA, don RENATO EMANUELE ARRIGONI LÓPEZ, con un 2,7775%; doña PAOLA PATRICIA ARRIGONI LÓPEZ, con un 2,7775%; doña MARIANGELA ARRIGONI LÓPEZ, con un 2,7775%; doña LILIANA ARRIGONI LÓPEZ, con un 2,7775%; don VITTORIO ARRIGONI GUGLIELMUCCI, con un 11,1200%; doña DINA ARRIGONI CAMMAS, con un 11,1100%; doña EMILIA ARRIGONI CAMMAS, con un 11,1100%; don GIANCARLO GUIDO ARRIGONI GUGLIELMUCCI, con un 11,1100%; don ITALO ARRIGONI RAPUZZI, con un 11,1100%; don DANTE RAÚL ARRIGONI CAMMAS, con un 11,1100%; don ANGELO ARRIGONI RAPUZZI, con un 11,1100%; y don RENZO YURI ARRIGONI GUGLIELMUCCI, con un 11,1100%. Por este mismo acto, don RENATO EMANUELE ARRIGONI LÓPEZ, doña PAOLA PATRICIA ARRIGONI LÓPEZ, doña MARIANGELA ARRIGONI LÓPEZ, doña LILIANA ARRIGONI LÓPEZ, don VITTORIO ARRIGONI GUGLIELMUCCI, doña DINA ARRIGONI CAMMAS, doña EMILIA ARRIGONI CAMMAS, don GIANCARLO GUIDO ARRIGONI GUGLIELMUCCI, don ITALO ARRIGONI RAPUZZI, don DANTE RAÚL ARRIGONI CAMMAS, don ANGELO ARRIGONI RAPUZZI, y don RENZO YURI ARRIGONI GUGLIELMUCCI, en sus calidades de únicos y actuales socios de COMERCIAL VEDESETA LIMITADA, acuerdan modificar las siguientes cláusulas del Pacto Social: 1) Cláusula Segunda, relativa al objeto, 2) Cláusula Cuarta, relativa a la Administración, y; 3) Cláusula Quinta, relativa al capital, dejándolas sin efecto e introduciendo las siguientes nuevas: 1) “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: a) Compra, venta, importación, exportación, representación, distribución y comercialización en general, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de artículos de ferretería, sanitarios, materiales eléctricos, pinturas, materiales de construcción, menaje para el hogar, maquinarias y herramientas industriales y cualquier otro negocio o actividades que se relacionen directa o indirectamente con las finalidades indicadas anteriormente; b) el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción por cuenta propia o ajena; c) La realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; d) el desarrollo de proyectos inmobiliarios; e) la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; f) la realización de loteos y obras de urbanización; g) la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; h) la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción; i) Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; j) la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; k) y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.” 2) “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don DANTE RAÚL ARRIGONI CAMMAS, a don VITTORIO ARRIGONI GUGLIELMUCCI y a don ITALO ARRIGONI RAPUZZI, amplias facultades señaladas en escritura extractada. 3) “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.734.717.175, aportado por los socios, en las siguientes proporciones: a) don RENATO EMANUELE ARRIGONI LÓPEZ, aporta la suma de $48.181.770, equivalentes al 2,7775% de los derechos sociales; b) doña PAOLA PATRICIA ARRIGONI LÓPEZ, aporta la suma de $48.181.770, equivalentes al 2,7775% de los derechos sociales; c) doña MARIANGELA ARRIGONI LÓPEZ, aporta la suma de $48.181.770, equivalentes al 2,7775% de los derechos sociales; d) doña LILIANA ARRIGONI LÓPEZ, aporta la suma de $48.181.770, equivalentes al 2,7775% de los derechos sociales; e) don DANTE ARRIGONI CAMMAS, aporta la suma de $192.727.078, equivalentes al 11,1100% de los derechos sociales; f) doña EMILIA ARRIGONI CAMMAS, aporta la suma de $192.727.078, equivalentes al 11,1100 de los derechos sociales; g) doña DINA ARRIGONI CAMMAS, aporta la suma de $192.727.078, equivalentes al 11,1100% de los derechos sociales; h) don ANGELO ARRIGONI RAPUZZI, aporta la suma de $192.727.078, equivalentes al 11,1100% de los derechos sociales; i) don ITALO ARRIGONI RAPUZZI, aporta la suma de $192.727.078, equivalentes al 11,1100% de los derechos sociales; j) don VITTORIO ARRIGONI GUGLIELMUCCI, aporta la suma de $192.900.549, equivalentes al 11,1200% de los derechos sociales; k) don RENZO ARRIGONI GUGLIELMUCCI, aporta la suma de $192.727.078, equivalentes al 11,1100% de los derechos sociales; l) don GIANCARLO ARRIGONI GUGLIELMUCCI, aporta la suma de $192.727.078 pesos, equivalentes al 11,1100% de los derechos sociales. Todos los aportes ya enterados en la caja social” En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social, en todo aquello que sea compatible con las modificaciones efectuadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Agosto 06 de 2019. nrs.