MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES M Y H LIMITADA

RUT 76212637-0 CVE 1635477
Fecha instrumento
11 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
11 de julio de 2019
Notario
SERGIO WALDO ARENAS BENONI
Domicilio
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel, oficio Gran Avenida José Miguel Carrera N° 8.006, comuna de La Cisterna, Santiago, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 11/07/2019, ante mí, MARISEL ROXANA CONCHA SOTO, C.I. 8.414.118-6, domiciliada en Manuel Antonio Prieto ciento quince, departamento dos a, comuna de Providencia, Santiago, y de paso en esta, YASNA PAOLA DURÁN JAQUE, C.I. 11.662.313-7, domiciliada en calle Séptima Avenida número mil ciento sesenta y tres, departamento cuatrocientos cinco, comuna de San Miguel, y de paso en esta, DIEGO PABLO GIULIUCCI CONCHA, C.I. 19.444.697-7, domiciliado en calle Manuel Antonio Prieto ciento quince, comuna de Providencia, Santiago, y de paso en esta, acordaron para la sociedad “TRANSPORTES M Y H LIMITADA”, inscrita a fojas 28.553 N° 20.140 del Registro de Comercio de Santiago del año 2012, lo siguiente: I. Cesión de Derechos. 1. Se acordó la Cesión de Derechos del socio MARISEL ROXANA CONCHA SOTO a DIEGO PABLO GIULIUCCI CONCHA, el que compra, acepta y adquiere para sí la totalidad de derechos sociales que era dueña MARISEL ROXANA CONCHA SOTO. 2. El precio de la cesión es la suma única y total de diez millones setecientos cincuenta mil pesos, el cual es pagado en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando MARISEL ROXANA CONCHA SOTO, recibirlos a su entera y total satisfacción. 3. Como consecuencia de la cesión y transferencia de derechos sociales del socio MARISEL ROXANA CONCHA SOTO, quedan como únicos socios de la Sociedad DIEGO PABLO GIULIUCCI CONCHA con derechos equivalentes al cincuenta por ciento en el capital social, y YASNA PAOLA DURÁN JAQUE con derechos equivalentes al cincuenta por ciento en el capital social. II. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales que da cuenta la escritura pública, los actuales socios acuerdan modificar estatutos sociales. 1. Se acuerda modificar el Artículo Tercero de los estatutos sociales, relativo a la administración social, por el siguiente: “TERCERO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don HERIBERTO PATRICIO CONCHA IBARRA”.- 2. Se acuerda modificar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “CUARTO: Capital: El capital de la sociedad es la suma de veintiún millones quinientos mil pesos, que los socios han aportado y pagado de la siguiente proporción: a) Don DIEGO PABLO GIULIUCCI CONCHA, la cantidad de diez millones setecientos cincuenta mil pesos, enterado y pagado en este acto en dinero efectivo; y, b) Doña YASNA PAOLA DURÁN JAQUE, la cantidad de diez millones setecientos cincuenta mil pesos, enterado y pagado en este acto en dinero efectivo.”.- En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Cisterna, 05 de agosto de 2019.