MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA PACÍFICO SpA

RUT 76511661-9 CVE 1634961
Fecha instrumento
15 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2019
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

A) La compra, construcción, venta y arrendamiento, por cuenta propia, de terceros o a través de ellos, de toda clase de bienes inmuebles. B) El desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios, en especial relativos a conjuntos habitacionales, condominios de toda clase, casas, edificios de departamentos, y toda otra clase de edificación. C) La administración de edificios y condominios. Para el cumplimiento de estos objetos, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de contratos e incluso el constituir o ser parte de sociedades.”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes y sin alteración los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 15 de julio de 2019; Asesorías e Inversiones AU Limitada e Inversiones CS Limitada en calidad de únicos accionistas de INMOBILIARIA PACÍFICO SpA, modifican estatutos sociales en el siguiente sentido: Modificar el artículo tercero, relativo al objeto social, mediante la incorporación de un nuevo objeto de administración de edificios y condominios de manera de adecuarlo a sus actividades económicas, sustituyendo el referido artículo tercero, por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto: A) La compra, construcción, venta y arrendamiento, por cuenta propia, de terceros o a través de ellos, de toda clase de bienes inmuebles. B) El desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios, en especial relativos a conjuntos habitacionales, condominios de toda clase, casas, edificios de departamentos, y toda otra clase de edificación. C) La administración de edificios y condominios. Para el cumplimiento de estos objetos, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de contratos e incluso el constituir o ser parte de sociedades.”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes y sin alteración los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2019.