MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSULTORA TREKAN NEWEN LIMITADA

RUT 76214987-7 CVE 1634955
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de julio de 2019
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público, de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos mil ciento sesenta, subterráneo, Santiago, Certifico: Por escritura de fecha 19 de Julio de 2019, ante mí, don OSCAR SAMUEL CAYUL MARIHUAN, don GERARDO ENRIQUE CAYUL CAYUL, don PABLO ISMAEL CAYUL VILLALOBOS, don EDUARDO JOSÉ AYULEF PERQUIL y don ROBERTO GABRIEL CAYUL LLEVILAF, todos domiciliados en Avenida Teniente Merino número novecientos dos, ciudad de Lonquimay, Región de La Araucanía, modificaron sociedad de responsabilidad limitada "CONSULTORA TREKAN NEWEN LIMITADA", Rut. 76.214.987-7; Capital : $1.000.000.-en lo siguiente: Uno) Don OSCAR SAMUEL CAYUL MARIHUAN, cede la totalidad de sus derechos que equivalen al veinte por ciento del total de los derechos sociales a don EDUARDO JOSÉ AYULEF PERQUIL; Dos) Don GERARDO ENRIQUE CAYUL CAYUL, cede la totalidad de sus derechos que equivalen al veinte por ciento del total de los derechos sociales a don ROBERTO GABRIEL CAYUL LLEVILAF; Tres) Don PABLO ISMAEL CAYUL VILLALOBOS, dueño del veinte por ciento de los derechos sociales, cede el cincuenta por ciento de ellos, que equivalen al diez por ciento del total de los derechos sociales, a don EDUARDO JOSÉ AYULEF PERQUIL; Cuatro) Don PABLO ISMAEL CAYUL VILLALOBOS, dueño del veinte por ciento de los derechos sociales, cede el cincuenta por ciento de ellos, que equivalen al diez por ciento del total de los derechos sociales a don ROBERTO GABRIEL CAYUL LLEVILAF. Por lo tanto, se retiran de la sociedad don OSCAR SAMUEL CAYUL MARIHUAN, don GERARDO ENRIQUE CAYUL CAYUL y don PABLO ISMAEL CAYUL VILLALOBOS, quedando la propiedad de los derechos sociales distribuida por partes iguales entre don EDUARDO JOSÉ AYULEF PERQUIL y don ROBERTO GABRIEL CAYUL LLEVILAF. Cinco) En adelante, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los socios don EDUARDO JOSÉ AYULEF PERQUIL y don ROBERTO GABRIEL CAYUL LLEVILAF, indistintamente, con las facultades contenidas en la escritura de constitución de la sociedad. Santiago, 19 julio 2019.